jueves, 25 de agosto de 2016

Los fiscales no pedirán prisión a quienes incumplan la pena de localización permanente en su domicilio


La Fiscalía General del Estado ha encomendado a los fiscales de toda España que no soliciten medidas de ingreso en prisión en los supuestos de quebrantamiento de la pena de localización permanente que se impone por determinados delitos leves. Esta pena se cumple en el domicilio del penado o en lugares fijados por el juez que no son centros penitenciarios.

Así se refleja en una consulta remitida a finales del pasado mes de junio a todas las Fiscalías por parte de Consuelo Madrigal en respuesta a una consulta planteada por la controversia existente en torno a si la pena que debe solicitar el Ministerio Fiscal en los casos de incumplimiento de la localización permanente ha de ser la de prisión o la de multa.

Tras deliberar sobre este asunto en Junta, la Fiscalía General concluye que la medida de prisión sería excesiva y pide a los fiscales que el incumplimiento de estas medidas deben conllevar la incoación de una nueva causa por delito de quebrantamiento de condena y la reanudación de la pena de localización permanente que había sido quebrantada.