CEJ: Cotizaciones
sociales Cuerpo Auxilio Judicial convocatoria 2010
En estos días, los compañeros del
Cuerpo de Auxilio Judicial que accedieron por la convocatoria del año 2010 y
que sacaron la plaza con posterioridad al 1 de enero de 2011, están recibiendo
una comunicación del Centro de Estudios Jurídicos -CEJ- en la que se les
informa de un error de encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social ,
y la subsanación de dicho error.
Como sabéis, a partir del 1 de enero de
2011 todos aquellos compañeros que entran como titulares, se les encuadra en el
Régimen General de la Seguridad Social (RGSS), a los únicos efectos de la
jubilación, puesto que para todas las demás prestaciones del sistema de la Seguridad Social (por ejemplo la asistencia sanitaria o
la prestación por baja médica) están en la Mutualidad General
Judicial.
En el momento de realizar las prácticas
en el CEJ y en los órganos judiciales como funcionarios en prácticas, el CEJ
cometió un error, encuadrando a esos compañeros no en el RGSS como debía, sino
en clases pasivas (el régimen de la jubilación de los que han accedido a
Justicia con anterioridad al 1 de enero de 2011), como venía siendo hasta
entonces. Una vez que finalizaron las prácticas y tomaron posesión como
funcionarios titulares, el Ministerio sí les encuadró correctamente en el RGSS.
Hay que recordar que el Ministerio y el CEJ son dos organismos distintos,
aunque el CEJ dependa del Ministerio y parezca que es lo mismo, no lo es a
efectos de abono de nómina, servicios prestados, etc.
En aquel momento ya advertimos al
Ministerio y al CEJ de dicho error, y tras el paso del tiempo el CEJ ha venido
a subsanarlo. Por lo tanto, aquel error de encuadre y las consiguientes
cotizaciones sociales durante el período de prácticas ya está subsanado y debe
aparecer en la vida laboral del funcionario, que expide la Seguridad Social.