martes, 10 de julio de 2018

RESOLUCIÓN N.º 894/2018 DE 5 DE JULIO DE 2018 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR LA QUE SE RECONOCE EL DERECHO AL ABONO DE LA TOTALIDAD DE LAS CANTIDADES DEJADAS DE PERCIBIR EN CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN POR RESIDENCIA DEL CUERPO SUPERIOR EN EL QUE ESTÉN REALIZANDO UNA SUSTITUCIÓN VERTICAL O HAYAN REALIZADO EN LOS 4 AÑOS ANTERIORES A LA SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N.º 5 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.




Como ya habíamos informado a todos los Funcionarios/as de la Administración de Justicia de los órganos jurisdiccionales de la Comunidad Autónoma de Canarias, con fecha 22 de Marzo de 2018 nuestro compañero, Delegado del Sindicato STAJ y Secretario de la Junta de Personal de la Administración de Justicia por la provincia de Las Palmas LUIS ENRIQUE SUÁREZ CABRERA ganó la SENTENCIA que ha reconocido el derecho al cobro de la INDEMNIZACIÓN POR RESIDENCIA en Cuerpo Superior en el Complemento de Sustitución retribuida que se abona por el Gobierno de Canarias.

Asimismo, y en vista de que nadie pudiera entorpecer el logro conseguido por nuestro Sindicato decidimos guardar silencio y esperar a la FIRMEZA de la misma que se produjo con fecha 17 de Mayo de 2018, para publicar el fallo de esta Sentencia fuera favorable a todos los Funcionarios de la Administración de Justicia en Canarias.

Con fecha 21 de Mayo de 2018 presentamos ESCRITO ante la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia en el que solicitamos la aplicación del fallo en los dos ejes principales que recoge la Resolución que acaba de publicar la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias con fecha 5 de Julio de 2018,








Desde la presentación de nuestro ESCRITO en la fecha reseñada, el Sindicato STAJ ha tenido dos reuniones con el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia en el que pormenorizadamente se ha informado a las Funcionarios/as de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias de los pasos que se estaban dando en dicho sentido, y en el que por la Administración se nos informó desde finales de Mayo que la Resolución englobaría los dos conceptos anteriores solicitados por el Sindicato STAJ, ante lo cual solo podemos dar valorar el trato positivo y favorable a nuestras pretensiones por parte del propio Director General al que agradecemos el resultado de dichas reuniones con la publicación de la presente Resolución.



Por otra parte, el Sindicato STAJ desea dar las gracias a los cerca de 100 Funcionarios que han realizado SUSTITUCIONES VERTICALES en Canarias y que desde la publicación de la presente Sentencia han confiado en esta organización sindical.

Asimismo, por el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia nos ha confirmado que posiblemente en Septiembre, y en caso de no ser posible en Octubre del presente año se abonarán las cantidades tal como se fijan en la Resolución que se puede descargar en BLOG STAJ CANARIAS así  como la actualización del Complemento de Sustitución Vertical con posterioridad al 22 de Mayo de 2018, así como la cantidades con efectos retroactivos desde el 22 de Mayo de 2014 al 22 de Mayo de 2018.

Asimismo, a las personas que les gusten las películas de Ciencia Ficción sobre como los Funcionarios de Justicia de los órganos jurisdiccionales en Canarias han ganado y se les ha reconocido este derecho les invitamos a leer las Hojas Informativas del Sindicato UGT en Canarias.



SINDICATO ESPECÍFICO Y EXCLUSIVO DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SIN SUBVENCIONES