El Gobierno aprueba el
Anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Extracto de la información publicada en la Web de Presidencia
del Gobierno:
INFORME SOBRE LA REFORMA QUE AGILIZA
LOS PROCESOS, FORTALECE LAS GARANTÍAS PROCESALES Y REGULA LAS MEDIDAS DE
INVESTIGACIÓN
La modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal fija
un plazo máximo de instrucción de seis meses o de dieciocho cuando la
investigación sea compleja
Regula las medidas de investigación tecnológica que
carecían de marco legal al tratarse de una norma de 1882
Las sentencias de las Audiencias Provinciales serán
revisadas en segunda instancia por los Tribunales Superiores de Justicia y las
de la Audiencia
Nacional , por una Sala de Apelación propia
Reforma el recurso de revisión, que será necesario para
dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que
condenen a España
El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de
Justicia sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica que modifica la Ley de
Enjuiciamiento Criminal y con el que se conseguirá agilizar la justicia penal y
fortalecer las garantías procesales, así como regular las medidas de
investigación tecnológica, que carecían de un marco legal adaptado a la
realidad, al tratarse de una norma dictada en 1882.
El texto se remite al borrador de Código Procesal Penal
realizado por una comisión de expertos, en el que se proponía un cambio radical
del sistema de justicia penal, por lo que su implantación requeriría de un
amplio consenso. A la espera de que ese gran acuerdo se alcance, hay ciertas
cuestiones que no pueden aguardar a ese momento para ser establecidas, por lo
que se han incluido en la reforma hoy examinada por el Consejo de Ministros.
Agilización procesal
Entre las medidas previstas en el Anteproyecto para la
agilización de la justicia penal figura la modificación de las reglas de
conexidad para evitar el automatismo que se produce actualmente con la
acumulación de causas en lo que se conoce como macroprocesos. La regla será que
cada delito dará lugar a la formación de una única causa. La acumulación por
conexión sólo tendrá sentido si concurren circunstancias tasadas y cuando el
conocimiento de los asuntos por separado no resulte más aconsejable.
Los atestados policiales sin autor conocido no supondrán la
apertura de diligencias en los Juzgados que actualmente son archivadas
inmediatamente, previo visto bueno del fiscal. Para garantizar un adecuado
control judicial, serán conservados por la Policía Judicial
a disposición de jueces y fiscales.