
La Comisión Permanente del CGPJ aprobó en enero de 2015 los documentos que componen el primer Plan de Prevención de Riesgos Laborales de los jueces y magistrados españoles. En este documento, el primero de estas características en la carrera judicial, se considera factor de riesgo laboral la sobrecarga de trabajo en los juzgados.
El Plan recoge las características “singulares” de la actividad judicial. Por ejemplo, se menciona que no se realiza sometida a horario concreto determinado y que el número de asuntos repartidos a cada órgano judicial no está sujeto a ninguna limitación, aunque los jueces y magistrados sí tienen que celebrar los juicios y vistas y dictar las resoluciones correspondientes dentro de los plazos procesales marcados en cada jurisdicción. También incluye una relación exhaustiva de los riesgos de salud para la carrera.
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