martes, 12 de junio de 2018

ANTICIPOS REINTEGRABLES DE NOMINA 2018




En el Boletín Oficial de Canarias del viernes, 18 de mayo de 2018, se publica Orden de la Consejería de Hacienda por la que se regulan los anticipos reintegrables para el personal al servicio del sector público autonómico con presupuesto limitativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La cuantía del anticipo será como máximo el importe de tres mensualidades íntegras de las retribuciones fijas y periódicas, no pudiendo superar la cantidad de 5.500 euros. Quienes tengan ingresos inferiores a 20.000 euros anuales podrán solicitar hasta seis mensualidades, con una cantidad máxima de 6.000 euros. Estos anticipos no devengarán ningún interés.
El anticipo concedido deberá amortizarse a partir del mes siguiente al de su concesión y en un plazo máximo de veinticuatro meses. Quienes tengan ingresos inferiores a 20.000 euros al año tendrán establecido un plazo máximo de amortización de treinta y seis mensualidades. En todo caso, el anticipo deberá ser reintegrado dentro del plazo previsto para el cese, en el supuesto de nombramientos con un periodo de duración determinado, jubilaciones u otros motivos legales de cese en un plazo inferior al máximo permitido.
Las solicitudes de anticipo reintegrable deberán contener necesariamente la cuantía del anticipo que solicita y el plazo de amortización y se presentarán durante los días 1 a 5 de cada mes conforme al modelo que figura en el anexo de la Orden.