martes, 14 de enero de 2020

MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL ( MUGEJU ) / PLAZAS OFERTADAS EN COMISIÓN DE SERVICIOS



OFERTA DE PUESTOS EN COMISIÓN DE SERVICIOS 1/2020 EN LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL (MUGEJU) 


La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial (LOPJ), permite en su artículo 527.1º el otorgamiento de comisión de servicios a los funcionarios que reúnan los requisitos exigidos para el desempeño de un puesto de trabajo vacante, hasta que se resuelvan los sistemas de provisión en curso o cuando resueltos no se hayan cubierto por no existir candidato idóneo.

Así, con el objetivo de dotar de personal a diversas Áreas de la Mutualidad General Judicial, se anuncia su provisión temporal conforme a las siguientes indicaciones con el fin de que el personal funcionario interesado pueda solicitar, de forma voluntaria, la oportuna comisión de servicios.

Primero. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto permitir la provisión temporal, mediante comisión de servicios, de puestos de trabajo reservados al personal funcionario de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa que se señalan en el Anexo I.  

Segundo. Solicitantes 

Podrán solicitar la comisión de servicios, con relevación de funciones, los funcionarios de carrera de cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que se encuentren en situación de servicio activo en el mismo Cuerpo del puesto que se oferta y prestando servicios efectivos en destino definitivo. 

Tercero. Criterios de adjudicación

El candidato seleccionado será la persona cuya experiencia profesional y formativa se adapte en mayor medida a las tareas relacionadas con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo, según la descripción recogida en el Anexo I de esta convocatoria. Se podrá realizar una entrevista personal.


Cuarto. Informe

Tal y como se prevé en el artículo 73 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, las solicitudes estarán condicionadas a la emisión de informe del responsable de la unidad o centro de destino de origen del funcionario. Si no se dispone del mencionado informe, se pasará al siguiente solicitante del que sí se disponga.

Quinto. Características de las comisiones de servicios


La provisión temporal de las plazas ofertadas se realizará con carácter de comisiones de servicios voluntarias.

El período mínimo de permanencia en la comisión de servicios será de doce meses y, en caso de renuncia antes del transcurso de dicho plazo, el funcionario no podrá acceder a una nueva comisión de servicios durante el periodo de un año, a contar desde la fecha de inicio de la comisión de servicio.

Los funcionarios seleccionados deberán presentarse en el destino en comisión asignado al día siguiente hábil de su entrada en funcionamiento, salvo autorización por motivos debidamente justificados.

Los funcionarios que tomen posesión de estas comisiones de servicios conservarán su puesto de origen y tendrán derecho a la retribución complementaria del puesto que desempeñen hasta que se adjudique el puesto en el siguiente concurso que se convoque.

En el momento de finalizar la comisión de servicios, el funcionario retornará a su puesto de origen siempre que no haya sido el adjudicatario de la plaza en el concurso.

Sexto. Solicitudes.


Los interesados deberán presentar su solicitud ajustada al modelo que se adjunta como Anexo II de esta resolución. La misma deberá enumerar, por orden de preferencia, los puestos que solicitan.

Adjunta a la solicitud, el solicitante debe incorporar el currículum así como cualquier otra documentación que considere oportuna para ser valorada según los criterios de selección.

Séptimo. Lugar y forma de presentación de las solicitudes.


Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el sitio web de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU). Para ello, una vez rellenado y firmado el Anexo II por el solicitante, deberá remitirlo escaneado, dentro del plazo establecido, al siguiente correo electrónico: mugeju.personal@justicia.es. Se enviará por la unidad un email de confirmación de la recepción de los documentos.

Octavo. Publicidad de las comisiones de servicio asignadas.


La Mutualidad General Judicial publicará en el mismo sitio web donde se publicó la convocatoria, el listado de los funcionarios adjudicatarios de las comisiones de servicio.

En Madrid, a 10 de Enero de 2020

CONVOCATORIA PLAZAS ( Pincha aquí )