jueves, 12 de junio de 2025

EL SINDICATO STAJ CANARIAS RECURRIRÁ ANTE LOS TRIBUNALES DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA LA APROBACIÓN POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, LAS RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO DE LAS OFICINAS JUDICIALES EN LOS PARTIDOS JUDICIALES, OFICINAS GENERALES DEL REGISTRO CIVIL Y OFICINAS DE JUSTICIA DE LOS MUNICIPIOS AFECTADOS POR LA 1ª FASE DE LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA QUE ENTRARAN EN FUNCIONAMIENTO EL PRÓXIMO 1 DE JULIO DE 2025.

 






El Sindicato STAJ CANARIAS a la vista de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias N.º 101 de 22 de Mayo de 2025, donde se publican la Resolución de 19 de Mayo de 2025, por la que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de las Oficinas Judiciales en los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Canarias en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 1 de Julio de 2025, la Resolución de 16 de Mayo de 2025 por la que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo en las Oficinas Generales del Registro Civil con sede en los Partidos Judiciales de la Comunidad Autónoma de Canarias en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 1 de Julio de 2025, y la Resolución de 16 de Mayo de 2025 por la que se aprueba la Relación de Puestos de Trabajo de las Oficinas de Justicia en los municipios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, entendemos que la aplicación de manera genérica de una Relación de Puestos de Trabajo en la Comunidad Autónoma de Canarias de todos los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia en Canarias respecto a los órganos judiciales y registro civil afectados en la 1ª Fase de la implantación de los Tribunales de Instancia, es contraria a lo establecido en la LOPJ.

 

El Gobierno de Canarias al igual que ha hecho el Ministerio de Justicia en el ámbito que es competencia de su gestión, así como el resto de las CCAA siguen adelante en la implantación de forma genérica de las Relaciones de Puestos de Trabajo en los órganos afectados por la 1ª FASE de los Tribunales de Instancia, sin tener ningún interés en realizar una valoración individualizada de cada puesto de trabajo de esas mismas Relaciones de Puestos de Trabajo donde se van a integrar los Funcionarios/as de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia destinados en la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

 

 

 

El Gobierno de Canarias tal como establece la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica 1/2025 de 2 de Enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia y establece que la constitución de los Tribunales de Instancia se realizará de forma escalonada, teniendo lugar la implantación de la 1ª Fase el próximo 1 de julio de 2025, en los Partidos Judiciales de Arucas (Provincia de Las Palmas), Valverde, San Sebastián de La Gomera, Los Llanos de Aridane, Icod de los Vinos, Güimar, Puerto de la Cruz, Granadilla de Abona y La Orotava (Provincia de Santa Cruz de Tenerife), ha llevado una negociación colectiva dentro del pequeño margen de implantación que establece la Ley Orgánica que impuso el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a todas las CCAA con transferencias en materia de justicia, y entendemos que se ha producido dentro de esa negociación colectiva una vulneración de cuestiones de legalidad ordinaria que establece la LOPJ que no se han respetado en la implantación de las Relaciones de Puestos de Trabajo, y por lo que nos concierne a nosotros por una aplicación directa por el Gobierno de Canarias.

 

Las prisas no son buenas consejeras, y más en un punto como la aprobación de las Relaciones de Puestos de Trabajo en los órganos judiciales de la 1ª Fase de implantación de los Tribunales de Instancia, una materia que entendemos que se recomienda actuar con calma, y más cuando están en juego las funciones a desarrollar por más de 2.500 funcionarios/as de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia destinados en la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

El Sindicato STAJ emprenderá todas las acciones judiciales que considere conveniente en aras de garantizar las condiciones laborales del único colectivo al que representa, que es el de los Funcionarios/as de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, y más en una materia tan compleja como es la implantación de los Tribunales de Instancia, donde el mayor capital humano que integrará las Oficinas Judiciales que darán apoyo a los Tribunales de Instancia que se crean por la Ley Orgánica 1/2025, es el de nuestro colectivo al que representamos.

 

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SINDICATO ESPECÍFICO Y EXCLUSIVO DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SIN SUBVENCIONES