Por parte de la
Administración nos informan que actualmente la PROVINCIA DE TENERIFE
dispone de la designación 53 Funcionarios de Refuerzos y la PROVINCIA
DE LAS PALMAS de 47 Funcionarios repartidos entre Gestores
Procesales, Tramitadores Procesales y Auxilios Judiciales, designados por
razones excepcionales, urgentes y necesarias tal como establece el
Artículo 55 de la Ley de Presupuestos Generales de la CCAA de Canarias, lo
cual para STAJ no deja de ser más que el establecimiento de plantillas estructurales
encubiertas ante la falta de creación de 36 nuevos órganos judiciales
necesarios en Canarias según se desprende de lo ya informado por el
Consejo General de Poder Judicial.
Por la
Administración se manifiesta que SE RENUEVAN TODOS LOS REFUERZOS
EXISTENTES TANTO EN LA PROVINCIA DE LAS PALMAS Y TENERIFE A EXCEPCIÓN DE LOS
SIGUIENTES,
1 Auxilio Judicial destinado en el Juzgado
de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 (Registro Civil) de Santa Cruz
de La Palma el cual se fija su cese con fecha 15 de Julio de 2015
a fin de que se terminen las tareas encomendadas.
1 Tramitador
Procesal
y 1 Auxilio Judicial destinados en el JAT ( Jueces de Adscripción
Territorial ) del Juzgado de Social Nº 1 y Juzgado de Social Nº 6
de Las Palmas de Gran Canaria, dado que finaliza la medida de apoyo a
dichos Juzgados acordada por el Consejo General del Poder Judicial, los cuales
se fijan su cese con fecha 31 de Julio de 2015.
2 Tramitadores
Procesales
destinados en el Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Arrecife de
Lanzarote, a la vista de la comunicación recibida de dicho Juzgado de
que consideran que ha finalizado las razones de urgencia que motivo la petición
de los mismos, los cuales se fijan su cese con fecha 30 de Junio de 2015.
Por otra parte la
Administración ante la formulación de 25 nuevas peticiones de Refuerzos
instadas por los Juzgados de ambas provincias, manifiesta la imposibilidad de
aceptarlas todas y ciñéndose a criterios excepcionales, urgentes y necesarios
acuerda los siguientes NUEVOS NOMBRAMIENTOS DE REFUERZOS PARA LA
PROVINCIA DE LAS PALMAS Y TENERIFE,
NOMBRAMIENTOS
NUEVOS / PROVINCIA DE TENERIFE.-
1 Tramitador
Procesal
para el Decanato de Güimar con fecha de entrada en vigor el 1 de
Julio de 2015.
1 Tramitador
Procesal
para el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de San
Sebastían de La Gomera por una duración de TRES MESES con fecha de
entrada en vigor el 1 de Julio de 2015.
1 Auxilio Judicial para la Sala de
lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con Sede en Tenerife
por una duración de TRES MESES con fecha de entrada en vigor el 1
de Julio de 2015.
NOMBRAMIENTOS
NUEVOS / PROVINCIA DE LAS PALMAS.-
1 Tramitador
Procesal
para el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 ( Registro Civil ) de Arrecife
de Lanzarote por una duración de TRES MESES con fecha de entrada
en vigor el 1 de Julio de 2015.
1 Tramitador
Procesal
para el Juzgado de lo Penal Nº 2 de Arrecife (Sede en Puerto del
Rosario) por una duración de TRES MESES con fecha de entrada en
vigor el 1 de Julio de 2015.
1 Auxilio Judicial para la Sala
Común de Notificaciones y Embargos de Las Palmas de Gran Canaria por
una duración de TRES MESES con fecha de entrada en vigor el 1 de
Julio de 2015.
Por último ante la
petición realizada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de San
Bartolomé de Tirajana, de la designación de un refuerzo temporal para la
realización de copias a las partes de un procedimiento que engloba 17 Tomos de
Instrucción y 52 Tomos de Pruebas, se acuerda por la Administración designar
para dicho Juzgado de manera provisional 1 Auxilio Judicial de los ya
fijados en los Servicios de Extensión Territorial Variable que vienen
prestando sus servicios en la Administración de Justicia en la provincia de Las
Palmas para todo el mes de Agosto.
Para STAJ
y así se lo hemos hechos saber a la Administación, expusimos que
las medidas de nuevos nombramientos de refuerzos efectuadas nos parecen insuficientes
al quedar más que constatado que no se han tenido en cuenta peticiones de
Juzgados que especificaban claramente las razones de excepcionales de urgencia
y necesidad y que desde STAJ consideramos que debían de haber sido
atendidas por la Administración, lamentando enormemente que al no haber
sido tenidas en cuenta llevará acarreada mayor carga de trabajo a las que ya
tienen dichas unidades judiciales con el grave perjuicio hacía nuestros
compañeros, que con los medios que disponen hacen imposible el realizar un
servicio digno y adecuado hacía el ciudadano en la Administración de Justicia
en Canarias, y ya no decir el perjuicio propio de los mismos por el extres que
dicha situación les genera.
STAJ
SINDICATO
ESPECÍFICO Y EXCLUSIVO DE JUSTICIA