El personal que tenga
reconocidos permisos por razón de deber inexcusable, para mantener dichos
permisos, deberá acreditar la concurrencia de los presupuestos para su
concesión y la imposibilidad de compatibilizar por completo el deber
inexcusable con la asistencia al puesto de trabajo, para lo cual deberán
remitir, hasta el próximo día 15 de mayo, la siguiente documentación :
· Libro de familia (páginas en
las que figure los padres e hijos de hasta 14 años), en caso de que no se haya
aportado ya.
· Certificado de la empresa u
organismo en la que presten servicios el otro progenitor, indicando los
horarios en el que desempeñan su trabajo.
· Sentencias judiciales para
los casos de custodia monoparental o custodia compartida. Dicha documentación
se deberá remitir a los siguientes correos electrónicos, señalando en el asunto
el nombre del funcionario/a interesado/a:
- notrrhhlpgc.justicia@gobiernodecanarias.org
para el personal funcionario de la provincia de Las Palmas.
- notrrhhtfe.justicia@gobiernodecanarias.org
para el personal funcionario de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
De no remitir la documentación
indicada en el plazo señalado se entenderá que se encuentran disponibles para
integrar los turnos presenciales en cada una de las fases de la desescalada
establecida en virtud del Resolución del Ministerio de Justicia de fecha 9 de
mayo de 2020.
LA
DIRECTORA GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Marta
Bonnet Parejo
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