miércoles, 28 de enero de 2026

Próxima supresión grupo IV de población

 


Desde la Secretaria General de Justicia, se nos ha comunicado que en aplicación del acuerdo de garantías que STAJ junto a CSIF, UGT y CIG  firmo el 8 de enero de 2025

Se inicia la tramitación de la supresión del Grupo IV de población, gracias a lo cual se eliminaran las diferencias retributivas entre las oficinas municipales de Justicia y los tribunales de instancia del Grupo III, tal y como veníamos reivindicando insistentemente al considerar que se trataba de un agravio comparativo en las retribuciones de los funcionarios que allí prestan servicios y el resto de compañeros.

viernes, 23 de enero de 2026

PROMETÍAN EFICIENCIA Y HAN CONSEGUIDO CAOS


Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que establece una nueva estructura del servicio público de Justicia, la pretendida reforma de la Administración de Justicia, una vez implantada, ha comenzado su andadura en su tercera fase desde mediados de 2025 en la primera semana de este mes de enero, en la que se incluyen todas las capitales de provincia y algunas poblaciones grandes, tras una primera y segunda fases en ciudades y municipios con menor número de órganos judiciales.

Reforma con la que el Ministro del ramo, Sr. Bolaños, pretendía sacar la Administración de Justicia del continúo atasco e ineficacia, pero nada más lejos de la realidad, lo que está suponiendo es el mayor caos, en años, de una Administración Pública y todo ello debido a la improvisación y al desconocimiento absoluto de lo que es esta Administración, donde se ha hecho oídos sordos a las advertencias, que desde el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia, junto a los trabajadores y las trabajadoras, se venían realizando, incluso en muchas ocasiones menospreciándolos, en una demostración más del auténtico desconocimiento que se tiene desde las cúpulas de esta Administración.

Tras múltiples conferencias sectoriales entre el Ministerio de Justicia y todas las CCAA, nadie puso freno al pretendido sinsentido de la implantación de los Tribunales de Instancia sin una planificación y preparación suficiente de todos los implicados ante tamaña transformación, y así, en lo que llevamos de año, la desesperación de los trabajadores y las trabajadoras para poder prestar el servicio público es enorme, como gigantesca la falta de personal pendiente de ser nombrado, llegando a situaciones dantescas de alguna Comunidad Autónoma, que pretende no solo no cubrir los puestos vacíos o retardarlo, algo que debería ser impensable, sino que además pretende prescindir de más funcionarios y funcionarias, vulnerando con ello los acuerdos alcanzados con el propio Ministerio de Justicia, de no amortización de plaza alguna, y otros que obligaban a una estructura de las Relaciones de Puestos de trabajo que establecía un mejor reparto y distribución de la carga de trabajo, entre otras garantías para el personal funcionario y el propio servicio público.

STAJ viene denunciando el atropello al colectivo mayoritario de esta Administración con 49.000 funcionarios y funcionarias que no solo se han encontrado con que no se fomenta la especialización al negarse a crear los necesarios equipos orgánicos en las Relaciones de Puestos de trabajo, algo que debería ser vital en una Administración con jurisdicciones y materias tan diversas, sino que además no hay organización, no ha existido preparativo alguno en la mayoría de los ámbitos, todo es improvisación, y algunos de los protocolos aprobados para el reparto del trabajo se han demostrado ineficaces.

En una Administración donde todavía en muchos sitios se trabaja en formato papel, se debería haber venido realizando con antelación, como se venía pidiendo desde STAJ, la digitalización de toda la documentación, y la prohibición del uso de papel, salvo excepciones justificadas, por todos los implicados, incluidos jueces, con el fin de que cuando llegara este proceso no fuera el caos que actualmente se está dando, donde hay que mover montones de cajas con procedimientos en papel y donde muchos funcionarios y funcionarias, los cambian de sitio constantemente, no saben dónde se tienen que sentar en la nueva estructura y cuáles son sus procedimientos, en qué estado se encuentran o simplemente no tienen ordenador asignado.

Si uno se da una vuelta estos días por alguno de los partidos judiciales de los distintos ámbitos de la geografía española, en la mayoría solo encontrará caos y desorganización y en algunos ámbitos cajas con procedimientos en papel por todas partes, incluso por el suelo, funcionarias y funcionarios que intentan saber qué es lo que tienen que tramitar, cuál es el trabajo que se les asigna pues su cometido ha cambiado, ordenadores desconectados y esperando a que los cambien de sitio porque el funcionario o funcionaria aún no sabe dónde se va a sentar, impresoras desconectadas que no se pueden usar y en general funcionarios y funcionarias por todas partes que no pueden realizar su trabajo porque o no tienen medios informáticos para realizarlos o no se pueden sentar aún en su nuevo puesto o simplemente no se han llevado los procedimientos a dónde va el trabajador o trabajadora.

La imposibilidad de prestar el servicio y el desbarajuste reinante están perjudicando de manera directa a funcionarios y ciudadanos, pese a que STAJ continúa reclamando la inversión necesaria en medios y en personal, muy escaso tras la puesta en marcha de estos Tribunales que lejos de necesitar menos personal para funcionar, necesitan más manos para poder atender a las necesidades de los ciudadanos en esta materia.

Y a todo esto nadie está teniendo en cuenta, salvo el personal funcionario de la Administración de Justicia española, que son los que tendrán que solucionar finalmente el caos que han organizado, que la acumulación que se está produciendo afectará de manera directa a los tiempos de solución de conflictos de los ciudadanos que acuden cada día a los Tribunales españoles.

STAJ continúa recordando al Ministerio de Justicia que por muchos Jueces que se pretenda nombrar, si no se ponen funcionarios y funcionarias que tramiten y ejecuten lo que deciden, la nueva estructura judicial no sirve para solucionar el problema de ineficacia de la Justicia, por lo que STAJ sigue reclamando la inversión necesaria en personal en todos los ámbitos de la Administración de Justicia española y los medios técnicos necesarios para poder hacer frente a la actual situación, exigiendo las modificaciones necesarias en los protocolos y en las propias Relaciones de Puestos de Trabajo, para que se vuelva a una especialización en los destinos de los funcionarios y funcionarias en las distintas materias y el reconocimiento al esfuerzo que desde el colectivo se está realizando para poner soluciones en el caos reinante.

jueves, 22 de enero de 2026

Convocatoria de jefaturas vacantes y puestos con complemento retributivo en la Administración de Justicia (Canarias)

 



La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias ha publicado una convocatoria pública para la cobertura de:

  • Puestos de jefatura de equipo que quedaron desiertos tras los concursos específicos.

  • Puestos genéricos con complemento retributivo superior que no fueron asignados en el proceso de acoplamiento.

La convocatoria se enmarca en la implantación de los Tribunales de Instancia, efectiva desde el 31 de diciembre de 2025, y afecta a varios partidos judiciales de Canarias.


1. Convocatoria de puestos de jefatura de equipo

Personal que puede participar

  • Personal funcionario interino, nombrado en plaza vacante.

  • Debe prestar servicios en el partido judicial donde se oferta el puesto.

Adjudicación forzosa
En caso de no presentarse solicitudes, el puesto se adjudicará con carácter obligatorio al personal interino del partido judicial con menor antigüedad en la Administración de Justicia.


Puestos ofertados

Puerto del Rosario

  • Gestión Procesal – Jefatura de Equipo – Servicio Común de Ejecución.

  • Auxilio Judicial – Jefatura de Equipo – Servicio Común General.

Santa Cruz de Tenerife

  • Auxilio Judicial – Jefatura de Equipo – Servicio Común General (cuatro puestos).

Las Palmas de Gran Canaria

  • Auxilio Judicial – Jefatura de Equipo – Servicio Común General (dos puestos).


2. Convocatoria de puestos con complemento retributivo superior

Personal que puede participar

  • Funcionarios de carrera, con prioridad en la adjudicación.

  • Funcionarios interinos nombrados en plaza vacante.

  • Deben prestar servicios en el mismo partido judicial donde se oferta el puesto.

Si no se presentan candidaturas, se aplicará igualmente la adjudicación forzosa al personal interino con menor antigüedad.


Puestos ofertados con complemento

Puerto del Rosario

  • Tramitación Procesal – Servicio Común de Tramitación (dos puestos).

Arrecife

  • Tramitación Procesal – Servicio Común de Tramitación.

Santa Cruz de Tenerife

  • Gestión Procesal – Servicio Común de Tramitación, Área Penal (dos puestos).

  • Tramitación Procesal – Servicio Común General – Actos de Comunicación/Ejecución (dos puestos).

Las Palmas de Gran Canaria

  • Gestión Procesal – Servicio Común General – Actos de Comunicación/Ejecución.

  • Tramitación Procesal – Servicio Común General – Actos de Comunicación/Ejecución (tres puestos).

  • Auxilio Judicial – Servicio Común General – Actos de Comunicación/Ejecución.


Plazo de presentación de solicitudes

  • Dos días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en:

    • La intranet de Justicia.

    • La página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.


Forma de presentación

Las solicitudes deben presentarse exclusivamente por vía electrónica, a través del registro electrónico del Gobierno de Canarias, indicando:

  • El puesto solicitado.

  • El partido judicial correspondiente.

Enlace al trámite:

PDF Descargar Comunicación Oficial

📢 Convocatoria para impartir acciones formativas del ICAP

 



Se informa a los usuarios de la Administración de Justicia que estén interesados en impartir acciones formativas vinculadas al Instituto Canario de Administración Pública (ICAP) que deberán remitir su solicitud directamente a dicho Instituto.

La solicitud debe presentarse exclusivamente a través del formulario habilitado en la web oficial, disponible en el siguiente enlace:

🔗 https://www.gobiernodecanarias.org/administracionespublicas/formacion/icap/profesores/

Este procedimiento es el canal oficial para manifestar el interés en participar como docente en las actividades formativas promovidas por el ICAP.

Referencia oficial:
Gobierno de Canarias – Instituto Canario de Administración Pública (ICAP)

martes, 13 de enero de 2026

NOTA INFORMATIVA - RECTIFICACIÓN DE ERROR ÁMBITO TERRITORIAL DE CANARIAS


Se comunica que, en relación con las listas complementarias y renuncias publicadas el 9 de enero de 2026 en la página web del Ministerio, se ha identificado un error material que afecta a la inclusión de ciertos aspirantes en el ámbito territorial de Canarias.

En concreto, se ha procedido a excluir a la siguiente persona:

  • Nombre: ----

  • Número de expediente: 19891****

  • Nota final: 70,6

Dicho error fue comunicado por la interesada, quien ha aportado la documentación acreditativa de su situación laboral actual, demostrando que no se encuentra jubilada. En consecuencia, se rectifica este error y se vuelve a incluir a la mencionada persona en la lista de aquellos que han superado el proceso selectivo conforme a la Orden PJC/1496/2024.

Por otro lado, en vista de esta rectificación, se excluye de la lista complementaria a la siguiente persona aspirante:

  • Nombre: ----

  • Número de expediente: 43650****

  • Nota final: 46,9

Esta corrección tiene como fin garantizar la transparencia y exactitud en los resultados del proceso selectivo.

Gestión Turno libre PJC/64/2024: Calificaciones definitivas prueba adicional y aspirantes que obtienen plaza

 

En la página web del Ministerio de Justicia se publica el acuerdo del tribunal calificador único del turno libre para acceso al cuerpo de Gestión procesal ya administrativa, convocado por Orden PJC/64/2024, por el que se publican las calificaciones definitivas de la prueba adicional y las personas aspirantes que obtienen plaza.

Listado definitivo opositores y plaza- Adicional - Gestión 64

Listado definitivo notas prueba adicional - Gestión 64

Estabilización GPA CONCURSO OPOSICIÓN: Nota informativa

 

En la página Web del Ministerio de Justicia se publica nota informativa por la que se comunica a las personas opositoras del proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, que, una vez examinadas las reclamaciones presentadas y la renuncia de A....... y dado que ninguno de los aspirantes ha presentado documentación a valorar o solicitud de examen con arreglo al Anexo V, se acuerda, a fecha de 26 de diciembre de 2025, publicar la lista definitiva de opositores solicitantes de plaza ordenada por puntuación, indicando excluidos con causa de exclusión, como Anexo I y publicar asimismo la lista definitiva de opositores que obtienen plaza, como Anexo II.

En el PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES, a partir del día siguiente a esta publicación los aspirantes que figuran en el anexo II presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos, la documentación que figura en el Acuerdo.

La forma de presentación es a través del siguiente correo electrónico: 

procesos.selectivos@mjusticia.es  

 

Anexo 1.- Lista complementaria admitidos y excluidos v3-Plazas Vacantes - Gestión 1327

Anexo 2.- Lista opositores con plaza v3 - Gestión 1327

lunes, 12 de enero de 2026

Resolución por la que se regula el servicio de guardia de tres días consecutivos en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer



Entrada en vigor: 1 de enero de 2026

La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia ha aprobado una Resolución que regula de manera detallada el servicio de guardia de tres días consecutivos que debe prestar el personal al servicio de la Administración de Justicia en aquellos partidos judiciales que cuenten con cuatro o más plazas judiciales de Violencia sobre la Mujer (VSM).

El objetivo principal de esta norma es homogeneizar horarios, efectivos, descansos, libranzas y compensaciones, garantizando al mismo tiempo una adecuada prestación del servicio público en una materia especialmente sensible.


1️⃣ Ámbito de aplicación y objeto de la Resolución

La Resolución se aplica a:

  • Personal funcionario de la Administración de Justicia destinado en partidos judiciales con 4 o más Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

  • Personal funcionario de Fiscalía que asista al Fiscal de guardia de VSM.


La Quedan excluidos los Médicos Forenses, que se rigen por la normativa específica del Instituto de Medicina Legal correspondiente la norma establece:

  • El cómputo horario del servicio de guardia.

  • El régimen de libranzas y descansos.

  • El sistema de compensaciones horarias y retributivas.


2️⃣ Horario del servicio de guardia

  • Duración: tres días consecutivos.

  • Modalidad: régimen de presencia.

  • Horario: de 9:00 a 21:00 horas.

  • Se garantiza un descanso mínimo de 1 hora y 30 minutos para la comida.

Las actuaciones urgentes fuera de ese horario serán asumidas por el Juzgado de Instrucción que esté de guardia.


3️⃣ Dotación mínima de personal

El servicio se prestará con la siguiente plantilla mínima, siempre que tengan atribuida la competencia VSM en la RPT:

  • 3 Gestores Procesales y Administrativos

  • 5 Tramitadores Procesales y Administrativos

  • 2 Auxilios Judiciales


4️⃣ Libranzas tras la guardia

  • Se libra el día siguiente a la finalización del servicio, con independencia de que incluya fin de semana.

  • Si no es posible por necesidades del servicio, podrá disfrutarse hasta tres días posteriores.

  • Si el día siguiente es sábado, domingo o festivo, la libranza se traslada al primer día hábil.

📅 Jornada de verano, Semana Santa y Navidad:

  • Las libranzas pueden disfrutarse hasta cinco días hábiles posteriores.

  • No podrán coincidir más de tres personas simultáneamente en libranza.

Si la guardia no se completa por fuerza mayor, se compensará proporcionalmente.

El personal sustituto tendrá idénticos derechos compensatorios.


5️⃣ Descanso semanal adicional

Cuando durante la guardia se trabaje:

  • Sábado y domingo, o

  • Un festivo y un sábado o domingo,

se generará un día adicional de descanso compensatorio.


6️⃣ Cómputo horario y compensaciones

⏱️ Jornada ordinaria

  • Se computan 7 horas y media por cada día de guardia.

      Prolongaciones más allá de las 21:00 h

  • Cada hora extra se compensa a razón de:

    • 2 horas y 30 minutos por cada hora trabajada.

  • A partir de las 21:00 h solo permanece una dotación mínima de dos personas.

      Compensación de excesos

  • Si no se compensan dentro del mes en curso o el siguiente:

    • Se pueden descontar de la parte fija del horario, hasta 1 hora diaria.


7️⃣ Descanso entre jornadas

  • Si la guardia finaliza después de las 21:00 h:

    • Se debe respetar un descanso mínimo de 12 horas.

    • El día siguiente se computa como 7,5 horas trabajadas.

  • Si finaliza después de las 02:00 h:

    • La incorporación será a partir de las 16:00 h, también computando 7,5 horas.


8️⃣ Festivos y días 24 y 31 de diciembre

🎉 Festivos anuales

  • Se compensan con 7,5 horas dentro del horario flexible.

🎄 24 y 31 de diciembre

  • 2 días de descanso por cada uno.

  • Acumulables a las vacaciones del año siguiente.

  • Si coinciden con sábado o domingo:

    • Se añade un día adicional de descanso.


9️⃣ Guardias y vacaciones

  • El personal que esté de vacaciones no puede realizar el servicio de guardia.


🔄 Turno de sustituciones

Cuando no sea posible la cobertura por interinos:

  1. Se seguirá el calendario de guardias.

  2. Si no es viable:

    • Turno rotatorio entre personal del mismo cuerpo.

    • Prioridad a la voluntariedad.

    • En segundo lugar, menor antigüedad.


💶 Retribuciones

Las guardias de tres días consecutivos se retribuyen conforme a la Orden PRE/1118/2009, de 7 de mayo, que regula las retribuciones complementarias por servicios de guardia en Juzgados de Violencia sobre la Mujer

PDF ORDEN RETRIBUCIONES GUARDIAS VIOLENCIA

GPA PROMOCIÓN INTERNA: CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO Y APERTURA DE PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

 



En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la Orden PJC/1572/2025, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por promoción interna y sistema de concurso-oposición al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

La presentación de la solicitud electrónica se realizará en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

Quienes deseen participar en estos procesos selectivos deberán cumplimentar y presentar electrónicamente el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790), que estará disponible en el Servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General ( https://administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html  ), de acuerdo con las instrucciones que se indican. Las Comunidades Autónomas que oferten plazas podrán crear un enlace desde sus respectivas páginas web a este formulario.

No obstante, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, impidiendo con ello la presentación electrónica de la solicitud y su pago por medios electrónicos, el órgano convocante podrá acordar de manera extraordinaria la ampliación del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción, los participantes deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/ incidencias disponibles en la siguiente dirección         https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS».

Se convoca proceso selectivo para cubrir por promoción interna y sistema selectivo de concurso-oposición, un total de 363 plazas en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, de acuerdo con el siguiente cuadro:


Ámbito territorial

Cupo general

Reserva personas con discapacidad

Total

Andalucía.

42

5

47

Aragón.

10

1

11

Asturias.

12

1

13

Canarias.

20

2

22

Cantabria.

2

0

2

Cataluña.

56

6

62

Comunidad Valenciana.

37

4

41

Galicia.

0

0

0

La Rioja.

5

0

5

Madrid.

72

8

80

Navarra.

12

2

14

País Vasco.

10

1

11

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

49

6

55

  Total.

327

36

363

 

El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de concurso-oposición. La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el anexo I-A de esta convocatoria.

A las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, pasarán a la fase de concurso, y se les aplicará el baremo de méritos que se especifican en el anexo I-B de esta convocatoria.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.

En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito territorial a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.

La fase de oposición constará de un único ejercicio obligatorio, que se celebrará en el mismo día para todas las sedes, pudiendo ser coincidente su desarrollo en el tiempo con cualquier otro proceso selectivo.

De carácter escrito y eliminatorio, consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta. Las preguntas versarán sobre contenidos teóricos o de carácter práctico de las materias de derecho procesal del programa detallado en el anexo II de la presente orden.

La duración de la prueba será de 100 minutos.

Se calificará de 0 a 100 puntos.

Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas y las que contengan respuestas múltiples descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

La puntuación obtenida por cada persona aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas.

El cuestionario propuesto por el Tribunal contendrá 104 preguntas con respuestas alternativas, las 100 primeras ordinarias y evaluables y las 4 últimas de reserva. Si celebrado el examen, el Tribunal tuviera que anular una o más preguntas ordinarias, establecerá en el mismo acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden. Las personas aspirantes deberán señalar en las hojas de respuestas las opciones de respuesta válidas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten.

La nota mínima para aprobar el ejercicio será de 50 puntos, lo que permite pasar a la fase de concurso.

En la FASE DE CONCURSO solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, y se valorarán hasta un máximo de 65 puntos, los siguientes méritos que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

    -MÉRITOS PROFESIONALES: La puntuación máxima será de 39 puntos. Se valorarán los servicios prestados a partir del 1 de enero de 2004, como personal titular, interino o sustituto en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración

  • Por cada mes completo de servicios prestados como personal sustituto o interino en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia): 0,35 puntos.
  • Por cada mes completo de servicios prestados como personal titular, sustituto o interino en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (antes Auxiliares de la Administración de Justicia): 0.30 puntos.
  • Por cada mes completo de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Letrados y Letradas de la Administración de Justicia (anteriormente denominado de Secretarios Judiciales) y en el de Jueces y Juezas o Fiscales: 0.25 puntos.
  • Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0.15 puntos.

    -MÉRITOS ACADÉMICOS: La puntuación máxima será de 26 puntos. Se valorarán títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español.

  • 11 puntos por estar en posesión de la licenciatura o máster en Derecho.
  • 9 puntos por estar en posesión del grado en Derecho.
  • 6 puntos por estar en posesión de otra licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado o máster oficial.
  • 5 puntos por estar en posesión de otras diplomaturas, ingenierías o arquitecturas técnicas. Se valorarán todos los títulos y grados aportados, independientemente de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo. La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 11 puntos.

    -HISTORIAL PROFESIONAL. Se valorarán Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

  • Cursos de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.
  • Cursos de entre 30 y 59 horas 1 punto.
  • Cursos de 60 o más horas 1,50 puntos.

Cursos de formación en informática, recibidos e impartidos, y acreditados en los últimos diez años, por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

  • Cursos de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.
  • Cursos de entre 30 y 59 horas 1 punto.
  • Curso de 60 o más horas 1,50 puntos. Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez

No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas ni aquellos con 14 o menos horas lectivas

La puntuación máxima a otorgar en este apartado es de 13 puntos, hasta 8 en el apartado de «conocimientos jurídicos y hasta 5 en el apartado conocimientos de informática.

    -CONOCIMIENTO DE IDIOMAS EXTRANJEROS. Se valorarán únicamente aquellos títulos que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas:

  • Conocimientos de nivel C1 o C2: 1 punto.
  • Conocimientos de nivel B1 o B2: 0,50 puntos.

No se valorarán los conocimientos de nivel básico o elemental. La puntuación máxima total por este concepto será de 1 punto.

    -EXÁMENES APROBADOS en las dos últimas convocatorias de procesos selectivos de promoción interna al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: Se podrá obtener un total de 1 punto, a razón 0,50 puntos por examen aprobado. 

    -EVALUACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LAS LENGUAS OFICIALES PROPIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y DEL DERECHO CIVIL VASCO

Para las personas opositoras que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizada la fase de oposición, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.

Además, para las personas aspirantes que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran hecho constar en su solicitud, se procederá, en los mismos términos y con los mismos efectos que se han detallado en el apartado anterior, a la evaluación de sus conocimientos del Derecho Civil Vasco