lunes, 18 de mayo de 2026

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA COBERTURA MEDIANTE LOS PROCEDIMIENTOS DE COMISIONES DE SERVICIO, SUSTITUCIONES VERTICALES Y COMISIONES DE SERVICIO Y SUBSIDIARIAMENTE POR SUSTITUCIÓN VERTICAL DE DIVERSOS PUESTOS DE LOS CUERPOS DE GESTIÓN PROCESAL, CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y AUXILIO JUDICIAL EN LA PROVINCIA DE LAS PALMAS.

 




FECHA DE PUBLICACIÓN : 15 DE MAYODE 2026


PROVINCIA : LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
SUSTITUCIÓN HORIZONTAL Y SUBSIDIARIMENTE EN VERTICAL






Se comunica que el plazo para la presentación de SOLICITUDES, se realizará de acuerdo al MODELO DE SOLICITUD ( PINCHA AQUÍ ) establecido por la Resolución N.º 1287/2019 de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias (B.O.C. N.º 241 de 13 de Diciembre de 2019) en el plazo máximo de TRES DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a la publicación en la intranet de justicia y en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Las solicitudes se presentarán EXCLUSIVAMENTE a través del registro electrónico (https://sede.gobcan.es/apjs/cpji/menu_lateral/registro_electronico) de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad consignando en el apartado asunto que va dirigido al Servicio de Recursos Humanos o Servicio de Relaciones Laborales y Organización, si se trata de una solicitud para puesto de la provincia de Las Palmas o Santa Cruz de Tenerife, respectivamente. 

PARA PRESENTAR LA SOLICITUD EN LA SEDE ELECTRÓNICA SEGUIR EL PDF ILUSTRATIVO DE ACCESO ELABORADO POR EL SINDICATO STAJ EN EL MARGEN IZQUIERDO QUE FIGURA EN EL BLOG STAJ CANARIAS. PDF ILUSTRATIVO PRESENTACIÓN TELEMÁTICA ( Pincha aquí )

Modificación de las instrucciones sobre provisión temporal de puestos en la Administración de Justicia en Canarias



La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia ha dictado la Resolución de 29 de abril de 2026, por la que se modifica la Resolución de 19 de abril de 2022, relativa a las instrucciones sobre la provisión temporal de puestos en la Administración de Justicia en Canarias.

La modificación se realiza como consecuencia de la nueva estructura organizativa derivada de la implantación de los Tribunales de Instancia, con el objetivo de adaptar los criterios aplicables al cese en las comisiones de servicio y sustituciones.

En concreto, se modifica la instrucción 6.ª, relativa al cese en las comisiones de servicio y sustituciones, quedando establecidas las siguientes reglas principales:

  • La comisión de servicio tendrá una duración máxima de un año, prorrogable por otro año más cuando el puesto no haya sido cubierto de forma definitiva. Este plazo máximo tendrá carácter improrrogable.
  • La sustitución finalizará cuando se incorpore la persona titular del puesto, cuando desaparezca la causa que motivó la sustitución o por renuncia de la persona sustituta.
  • En caso de renuncia a una comisión de servicio o sustitución ya adjudicada, no podrá obtenerse una nueva comisión de servicio o sustitución hasta que hayan transcurrido seis meses.

La Resolución surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Puede consultarse el texto de la Resolución en el siguiente enlace:

https://drive.google.com/file/d/15DiF6rLaa9q52bQeNeDDnBZ0kwNovyDq/view?usp=sharing

jueves, 14 de mayo de 2026

📢 STAJ gana Sentencia por el cual se amplia la oferta de Plazas de 33 a 43 por el Turno de Promoción Interna al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia convocadas por Orden PJC/215/2024 de 20 de Febrero. (B.O.C. N.º 60 de 8 de Marzo de 2024)


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado  el recurso impulsado por STAJ contra la distribución de plazas en el proceso selectivo de promoción interna al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (LAJ).

La sentencia concluye que la Administración vulneró el artículo 442.2 de la LOPJ al no reservar el 30% de las plazas vacantes para promoción interna, reconociendo así el derecho de los aspirantes afectados a una correcta redistribución de plazas y a la revisión de la relación definitiva de aprobados.

El fallo obliga a retrotraer actuaciones, rectificar la propuesta de aprobados y reconocer los efectos administrativos y económicos correspondientes al recurrente.

Una importante resolución en defensa de los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso y promoción dentro de la Administración de Justicia.

STAJ informa. Publicación en BOE listado aprobados GPA promoción interna convocatoria Orden PJC/104/2024

                                                       

El Ministerio nos informa que está previsto que mañana se publique en BOE la Orden PJC/XXXX/2026, de 5 de mayo, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, mediante concurso oposición, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/104/2024, de 31 de enero.

PREVISTA PUBLICACIÓN EN BOE DE 14 DE MAYO

RELACIÓN DE APROBADOS PROMOCIÓN INTERNA GESTIÓN P.A. 2024

 

En el BOE de hoy se publica la Orden PJC/474/2026, de 5 de mayo, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, mediante concurso oposición, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/104/2024, de 31 de enero.

En el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, desde la publicación, los aspirantes que figuran en el anexo I presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos, la documentación que figura en la Orden.

 

NOTA INFORMATIVA DE LA JUNTA PERSONAL

 

ASTURIAS: STAJ tumba en los tribunales la Resolución de Diseño y Estructura de la Fase I de Oficina Judicial por falta de negociación colectiva

 



Nuevo éxito de STAJ y su servicio jurídico

CONSULTA LA HOJA INFORMATIVA EN PDF

El Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias ha dictado sentencia en recurso interpuesto en solitario por STAJ contra la Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos, por la que se aprueba la estructura de la Oficina Judicial de los Tribunales de Instancia incluidos en la primera fase de implantación, conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que comprende el diseño, dimensión y organización de la Oficina Judicial en los partidos judiciales de Cangas de Narcea, Cangas de Onís, Castropol, Grado, Laviana, Lena, Llanes, Piloña, Pravia, Siero, Tineo, Valdés y Villaviciosa.

STAJ recurrió la mencionada Resolución, entre otros motivos porque la Consejería decidió aprobarla sin negociación colectiva, amparándose en que al tratarse de una norma organizativa, no era preciso someterla a negociación con las organizaciones sindicales.

Desde STAJ, en cambio, consideramos que la estructura de la oficina judicial, aunque sea materia organizativa, sí afecta de forma directa a las condiciones de trabajo del personal afectado y por ello debe ser negociado con los representantes de los trabajadores. El Tribunal Superior de Justicia ha estimado esta pretensión y ha declarado la nulidad de la Resolución, por ser contraria a derecho.

Aunque la sentencia aún no es firme, supone un importante varapalo a la implantación de la Oficina Judicial asociada a los Tribunales de Instancia y un aviso a las administraciones competentes de todo el Estado donde la estructura organizativa no haya sido negociada antes de su aprobación.

Recordemos que STAJ ha recurrido las resoluciones de estructura en aquellos ámbitos donde no ha sido negociada, entre otras en el ámbito del Ministerio de Justicia, además de haber impugnado también ante los tribunales de justicia aquellas Relaciones de Puestos de Trabajo que no han respetado las garantías previstas tanto en la Ley de eficiencia como en el Reglamento de Ingreso, fruto del acuerdo de garantías suscrito por STAJ y algunos sindicatos con el Ministerio de Justicia.

Mientras otros sindicatos, como CCOO, se dedican exclusivamente a criticar a los demás con el único fin de lograr réditos electorales, STAJ ACTÚA Y SE MOVILIZA contra los atropellos constantes de la Administración y los “ejecutores” de la puesta en marcha de los tribunales de instancia y la oficina judicial, precisamente porque con actos como este del Principado de Asturias no se están respetando ni el derecho a la negociación colectiva, ni los términos y garantías del Acuerdo firmado. Esta es la “paz social” que algunos critican duramente tergiversando sus términos reales, paz social que se agota en el momento en que se cumplen por las partes las cláusulas del Acuerdo, pero que si no se cumplen, STAJ actúa. Con todos los medios a su alcance, incluido, por supuesto, el recurso a los tribunales.