jueves, 8 de septiembre de 2022
martes, 7 de septiembre de 2021
MUJEGU / AFILIACIÓN MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL PARA FUNCIONARIOS DE CARRERA QUE HAN SUPERADO LA OPOSICIÓN INGRESO CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA - TURNO LIBRE
La afiliación de mutualistas TITULARES DE NUEVO INGRESO se realiza mediante el siguiente procedimiento : Afiliación obligatoria de oficio.
https://sedemugeju.gob.es/
El trámite se puede solicitar ON-LINE en esta SEDE ELECTRÓNICA o bien de forma presencial en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de MUGEJU, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el Artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Deberán presentar :
• El MODELO A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES, debidamente cumplimentado y firmado.
Solicitud para la Afiliación y Variación de datos de Titulares A-1 (PDF).
Afiliación Obligatoria de Oficio
INFORMACIÓN PARA LA AFILIACIÓN DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DE NUEVO INGRESO. ALTA DE TITULARES
La incorporación como Personal al Servicio de la Administración de Justicia conlleva la AFILIACIÓN OBLIGATORIA a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), que tiene como finalidad gestionar y prestar de forma unitaria para todos los miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia, para los funcionarios en prácticas al servicio de dicha Administración y para los Letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional, los mecanismos de cobertura del Sistema de Mutualismo Judicial establecidos en el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia.
Puede consultar la información completa acerca de las prestaciones de MUGEJU en http://www.mugeju.es/index.
PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN :
De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el alta en MUGEJU del personal funcionario de nuevo ingreso se realizará a través de medios telemáticos, evitando así la presentación de impresos en soporte papel, tal y como se explica a continuación :
• MUGEJU ha desarrollado una aplicación en su sede electrónica para dar de alta por medios telemáticos al personal funcionario de nuevo ingreso.
• Finalizados los procesos selectivos, el Ministerio de Justicia facilita a MUGEJU los datos del personal funcionario de nuevo ingreso.
• Estos datos se cargan en la aplicación, iniciándose así el proceso de alta.
• El personal funcionario de nuevo ingreso recibe un correo electrónico en el que se le facilitan las credenciales y la ruta de acceso a la aplicación, junto con la información del procedimiento.
• El personal funcionario accede a esta aplicación y completa el proceso de alta, que consiste en revisar los datos que se muestran y cumplimentar aquellos campos que aparezcan en blanco.
• Finalizado el proceso de alta con éxito, la información queda registrada en nuestra base de datos.
• El sistema genera automáticamente un documento acreditativo de alta en la mutualidad, así como una solicitud del talonario de recetas propio de este Régimen Especial que le será remitido al domicilio particular que haya hecho constar.
ASISTENCIA SANITARIA
Cuestiones Generales :
1. Es necesario que se cumplimenten todos los datos obligatorios para que se pueda completar correctamente el proceso de alta (datos personales, domicilio particular completo, destino, entidad médica…).
2. Acreditación de la entidad médica : La entidad elegida figura impresa en el documento de acreditación de alta en MUGEJU. Para recibir asistencia sanitaria, se tiene que utilizar la tarjeta sanitaria propia que expide cada entidad médica, pero mientras no se reciba la misma, se deberá ser atendido con dicha acreditación.
3. Tarjeta individual de afiliación : Es una tarjeta individual y permanente que les identifica como titulares del Mutualismo Judicial. Será remitida al domicilio del mutualista en el plazo aproximado de un mes desde su alta en la mutualidad.
4. Partes de incapacidad temporal (IT) : se deberán utilizar siempre los partes de baja por incapacidad temporal propios de MUGEJU, tanto si eligen entidad médica privada como INSS.
Entidades Médicas: se puede elegir la entidad médica que prestará la asistencia sanitaria.
Recordamos que, si se elige una entidad médica privada, siempre se deben utilizar los servicios médicos de esa entidad. Si el mutualista accede a medios ajenos a esa entidad, deberá abonar los gastos que puedan ocasionarse, sin derecho al reintegro de los mismos, salvo en los supuestos excepcionales de asistencia urgente de carácter vital o de denegación injustificada de asistencia y con los requisitos establecidos en el concierto sanitario.
1. Si se ha elegido una entidad médica privada, la tarjeta sanitaria individual será remitida al domicilio por la entidad elegida, transcurridos aproximadamente quince días desde su incorporación. También se puede solicitar personalmente en las oficinas de la entidad médica de su provincia, presentando la tarjeta individual de afiliación a MUGEJU.
2. Si se ha elegido la asistencia sanitaria a través del Sistema Público de Salud (INSS):
• Al darse de alta, se debe hacer constar el número de afiliación a la Seguridad Social.
• Se debe solicitar personalmente la tarjeta sanitaria individual en el centro de salud, tanto para el titular mutualista, como para las personas beneficiarias incluidas en su documento de acreditación de alta en MUGEJU, en caso de que las hubiera.
PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS :
1. Si se ha elegido una entidad médica privada, las prescripciones deben realizarse por un médico de la entidad en el talonario oficial de recetas de MUGEJU, que el mutualista recibirá en su domicilio.
2. Si se ha elegido la opción INSS, la mayoría de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas han incorporado a MUGEJU al sistema de receta electrónica, por lo que la prescripción se realizará por este sistema siempre que sea posible. No obstante, el mutualista recibirá un talonario de recetas para su uso en casos excepcionales de interrupción temporal del sistema de receta electrónica, asistencias urgentes o asistencias fuera de su Comunidad Autónoma.
ALTA DE PERSONAS BENEFICIARIAS :
Normativa de aplicación : Artículo 15 del Real Decreto Legislativo 3/2000 de 23 de Junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, y Artículos 14 y 15 del Real Decreto 1026/2011 de 15 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR :
1. Modelo A3, "Solicitud de alta de beneficiarios/beneficiarias", debidamente cumplimentado y firmado.
Solicitud de Alta/Reingreso de Beneficiarios/Beneficiarias A-3 (PDF).
2. Documentación indicada en el modelo de solicitud, como la fotocopia del libro de familia o certificado digital del nacimiento. El modelo de solicitud lleva implícita la consulta de ciertos datos para evitar la aportación de documentación. Las personas beneficiarias mayores de 18 años deberán firmar también el modelo de solicitud.
3. En el caso de oposición expresa a la consulta de datos para la tramitación de esta solicitud, se deberá aportar: 1.Fotocopia del DNI, para mayores de 14 años.
2. Certificados que acrediten que la persona beneficiaria:
No figura como titular ni como persona beneficiaria de la otra persona progenitora en ninguno de los otros regímenes de la Seguridad Social.
Convive con la persona titular y depende económicamente de ella.
No percibe rentas superiores al doble de IPREM (cuando sean mayores de 18 años).
Más información en: http://www.mugeju.es/
INFORMACIÓN SOBRE LA AFILIACIÓN OBLIGATORIA DE OFICIO
Os facilitamos el enlace dónde podréis consultar los servicios médicos de las distintas entidades privadas concertadas con la MUGEJU en la asistencia sanitaria:
jueves, 15 de abril de 2021
MUGEJU / ESTRATEGIA DE VACUNACIÓN COVID-19.
En la Página Web de la Mutualidad General Judicial se publica la siguiente NOTA INFORMATIVA :
ESTRATEGIA DE VACUNACIÓN COVID-19
A fin de destacar los aspectos de interés general sobre la vacunación para los afiliados a MUGEJU se informa :
El Ministerio de Sanidad es el que establece los criterios generales y las fechas de vacunación para los distintos grupos de edad y riesgo.
Las vacunas son de adquisición centralizada, así que son proporcionadas por el Gobierno y su administración corresponderá en todo caso a los centros hospitalarios o de atención primaria de los Servicios Públicos de Salud.
En caso de necesitar aclaración se recomienda leer el documento original pulse en el siguiente enlace.
VACUNAS AUTORIZADAS
En el momento actual, la Comisión Europea ha autorizado cuatro vacunas:
Vacuna Comirnaty, de Pfizer/BioNTech, autorizada 21 DIC 20.
Vacuna de Moderna, autorizada el 06 ENE 21.
Vacuna de AstraZeneca, autorizada el 29 ENE 21.
Vacuna de Janssen/Johnson & Johnson, autorizada el 11 MAR 21 (Aún no disponible).
CONSIDERACIONES GENERALES
La vacuna a administrar no es a demanda o elección de los individuos.
La pauta completa de vacunación se administrará con la misma vacuna.
La vacunación se va realizando a medida que se va disponiendo de dosis de vacunas.
Por cuestiones organizativas y de factibilidad podrá solaparse la vacunación de los colectivos incluidos en los grupos 3A, 4 y 5, así como el grupo 6 y el grupo 8.
Las personas que residen en otras Comunidades Autónomas y las extranjeras residentes en España, recibirán la vacunación correspondiente en el lugar donde se encuentren residiendo cuando se priorizan para vacunar. Las personas priorizadas para vacunación por su trabajo se vacunarán en la Comunidad donde lo ejerzan.
Hay suficiente evidencia para administrar una única dosis en personas de 65 o menos años de edad con antecedente de infección previa. Se mantiene, por tanto, la pauta de dos dosis para las personas de 65 o más años.
Se garantizará la vacunación de todas las personas independientemente del tipo de aseguramiento (mutualidades).
ACTUALIZACIÓN GRUPOS DE POBLACIÓN
Grupo 1. Residentes y personal sanitario y socio sanitario en centros de mayores y de atención a grandes dependientes. (Próxima a finalizar).
Grupo 2. Personal de primera línea en el ámbito sanitario y socio sanitario.
Grupo 3. Otro personal sanitario, socio sanitario y trabajadores penitenciarios.
Grupo 4. Personas consideradas como grandes dependientes (grado III), se vacunarán con ARNm o con AstraZeneca en función de la edad y disponibilidad.
Grupo 5. Personas vulnerables por su edad, (no centros de mayores)
- Grupo 5A. Personas de 80 y más años de edad (nacidas antes de 1941) .
- Grupo 5B. Personas entre 70 y 79 años de edad (nacidas del 1942-51, a.i.)
- Grupo 5C. Personas entre 66 y 69 años de edad (nacidas del 1952-55, a.i.).
Las personas del grupo 5 se vacunarán con las vacunas de ARNm, Comirnaty o vacuna de Moderna, o con vacuna de Janssen.
Grupo 6. Colectivos en activo con una función esencial para la sociedad.
- Grupo 6A. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Emergencias y FAS.
- Grupo 6B. Docentes y personal de educación infantil y especial.
- Grupo 6C. Docentes y personal de educación primaria y secundaria.
Las personas del grupo 6 que comiencen con la pauta de vacunación se vacunarán con la vacuna de AstraZeneca.
Grupo 7. Personas con condiciones de muy alto riesgo (Pendientes de definir)
Las personas con condiciones de muy alto riesgo a partir de 16-18 años se vacunarán de manera simultánea al grupo de edad de 70 a 79 años, si no les corresponde antes por grupo de edad.
Se utilizará cualquiera de las vacunas autorizadas, pero preferentemente vacunas de ARNm, con la finalidad de alcanzar la inmunidad completa en un periodo de tiempo menor.
Se han considerado las siguientes condiciones, en función del riesgo y la factibilidad (Ver Tabla 1 Actualización 5 de la Estrategia de Vacunación):
- Trasplante de progenitores hematopoyéticos.
- Trasplante de órgano sólido y lista de espera para trasplante de órgano sólido.
- Tratamiento sustitutivo renal (hemodiálisis y diálisis peritoneal).
- Enfermedad oncohematológica.
- Cáncer de órgano sólido en tratamiento con quimioterapia citotóxica, metastásico o con radioterapia por tumores de localización torácica con riesgo de neumonitis.
- Inmunodeficiencias primarias.
- Infección con el VIH con menos de 200cél/ml a pesar de TAR eficaz y carga viral indetectable.
- Síndrome de Down con 40 y más años de edad.
Grupo 8. Personas entre 56 y 65 años de edad (nacidas entre 1956 y 1965, ambos inclusive)
Se comenzará vacunando a las personas nacidas en 1956 con la vacuna de AstraZeneca, avanzando en el año de nacimiento según la disponibilidad de dosis.
Grupo 9. Personas entre 46 y 55 años de edad (nacidas entre 1966 y 1975, ambos inclusive).
miércoles, 14 de abril de 2021
MUGEJU / DECLARACIÓN RESPONSABLE VACUNACIÓN COVID-19 DE PERSONAS DE MUY ALTO RIESGO.
En la Página Web de la Mutualidad General Judicial se publica la siguiente NOTA INFORMATIVA :
DECLARACIÓN RESPONSABLE VACUNACIÓN DE PERSONAS DE MUY ALTO RIESGO
Como continuación de la comunicación del pasado día 9 de abril, se ha definido el procedimiento de actuación para recopilar los datos precisos de aquellos mutualistas y beneficiarios que se deben tener en cuenta en la priorización de la vacunación, conforme a las condiciones descritas en el apartado quinto del documento de Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España, de fecha 30 de Marzo de 2021, en el que se relacionan las personas que tienen un mayor riesgo de enfermedad grave y muerte ante una infección por SARS-CoV 2.
Este procedimiento está incluido en el Plan de actuación que la Mutualidad General Judicial ha elaborado para colaborar con las autoridades sanitarias correspondientes, facilitando la identificación de los mutualistas y beneficiarios que se encuentren en esta situación de MUY ALTO RIESGO.
Los mutualistas y beneficiarios incluidos en este grupo de alto riego deberán cumplimentar la declaración responsable que se acompaña y hacerla llegar a la MUGEJU, lo antes posible y por la vía más rápida, por alguno de los siguientes medios:
- Presencialmente, en la sede central de MUGEJU o en cualquier Delegación Provincial.
- Por correo electrónico: mugeju@justicia.es .
- Por fax: 91 435 63 61.
- Por correo postal dirigido a la sede central de MUGEJU.
- A través de la sede electrónica, cuyo trámite se habilitará en breve plazo, tras los desarrollos tecnológicos oportunos.
Este plan de actuación de la MUGEJU no impide que las autoridades sanitarias competentes de cada Comunidad Autónoma puedan contactar directamente con los mutualistas o beneficiarios comprendidos en este grupo calificado de alto riesgo.
viernes, 9 de abril de 2021
MUGEJU / PLAN DE PENSIONES DEL B.B.V.A.
En la Página Web de MUGEJU, a petición de BBVA se publica la actualización a Diciembre de 2020 del Plan de pensiones de la Mutualidad General Judicial gestionado por dicha entidad.
Cualquier mutualista puede darse de alta en el Plan de Pensiones rellenando el boletín de adhesión y entregándolo en cualquier oficina de la red BBVA. Pueden cursar las solicitudes de adhesión a través de la Comisión de Control del Plan de Pensiones o mediante correo electrónico al buzón pensionesbbva@bbvaam.com, adjuntando la solicitud firmada y fotocopia de su D.N.I.
Este Plan de Pensiones es independiente del que en su momento se creó para los funcionarios en general, gestionado también por el BBVA y al que el Ministerio de Justicia hizo aportaciones para los empleados de la Administración de Justica de su ámbito durante un tiempo, pero al que no se ingresado ninguna cantidad desde el año 2011. Si no teneís conocimiento del mismo, podéis dirigiros a una oficina del BBVA para que os remitan información periódicamente a vuestro domicilio.
jueves, 1 de abril de 2021
MUGEJU : NOVEDADES SOBRE EL PROCESO DE VACUNACIÓN COVID-19 EN VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
En la página de la Mutualidad Judicial se ha publicado la siguiente información sobre el proceso de vacunación covid-19 en varias Comunidades Autónomas.
"La Mutualidad está en contacto con las Comunidades Autónomas, intercambiando información frecuentemente. Recordamos, una vez más, a los mutualistas la importancia de la actualización de los datos, que la Mutualidad reenvía de forma continuada a los Servicios Públicos de Salud de las CC. AA.
Por otra parte, se indican a continuación algunas novedades que se han producido en determinadas Comunidades Autónomas en relación con el proceso de vacunación y la relación de los Mutualistas con sus Servicios Públicos de Salud.
COMUNIDAD VALENCIANA
Para la administración de la vacuna por Covid 19 es preciso contar en la Comunidad Valenciana con el código SIP, que permite la identificación de cada persona en el servicio de salud pública.
En coordinación con su Mutualidad, el Nº SIP está siendo enviado por la Generalidad Valenciana (GVA) a todos los mutualistas de entidad concertada, por SMS.
Respecto al uso del SIP en la Comunidad Valenciana, debe saber que:
- No cambia nada en cuanto su asistencia sanitaria, pública o privada.
- Será necesario para cualquier prestación asociada a la Pandemia COVID19 en la red Sanitaria pública.
- No altera la planificación de la vacuna ni significa que su vacunación sea inminente.
- Si ya tenía un nº SIP asignado, sigue siendo válido.
De forma paralela, la Mutualidad General Judicial ha incluido este código en su Sistema de Información y ha publicado un nuevo servicio en nuestra Sede electrónica para que los mutualistas con entidad concertada privada puedan consultar su código identificativo personal autonómico (denominado SIP por la Comunidad Valenciana).
Se puede acceder a este servicio de la Mutualidad través del siguiente enlace:
https://sedemugeju.gob.es/serviciossede/faces/login.xhtml?operation=OBTENER_SIP
El servicio lo pueden usar tanto mutualistas titulares, como los beneficiarios mayores de edad, identificándose con su DNI y su número de afiliación a MUGEJU. Los mutualistas beneficiarios que no dispongan de DNI podrán obtener el código mediante la consulta del mutualista titular del que dependen.
La información también será visible a través del Portal del Mutualista en el apartado de “Datos Personales” bajo el nombre de CIP Autonómico.
COMUNIDAD DE ARAGÓN
Para la administración de la vacuna por Covid 19, y según se vaya marcando por parte de la estrategia su incorporación a la campaña vacunal, el sistema que se va a utilizar es el de auto cita. En la página web de Salud Informa (www.saludinforma.es ) y en la app hay habilitado un sistema para citación de vacunación COVID. Esta solicitud de cita se activará para los pacientes que pertenezcan al grupo poblacional que se incluya en ese momento en la campaña, entre las opciones de citación. Para gestionar esta cita, es necesario utilizar el denominado código CIA del paciente (que tendrá el formato ARXXXXXXXXXXX).
La Mutualidad en coordinación con el Servicio de Salud de Aragón ha realizado una serie de actuaciones para proceder a incluir este código en su Sistema de información y que pueda ser consultado.
Para ello hemos publicado un nuevo servicio en nuestra Sede electrónica para que los mutualistas con entidad privada puedan consultar su código identificativo personal autonómico (denominado CIA por la Comunidad de Aragón).
Se puede acceder a este servicio de la Mutualidad a través del siguiente enlace:
https://sedemugeju.gob.es/serviciossede/faces/login.xhtml?operation=OBTENER_SIP
El servicio lo pueden usar tanto mutualistas titulares, como los beneficiarios mayores de edad, identificándose con su DNI y su número de afiliación a MUGEJU. Los mutualistas beneficiarios que no dispongan de DNI podrán obtener el código mediante la consulta del mutualista titular del que dependen.
La información también será visible a través del Portal del Mutualista en el apartado de “Datos Personales” bajo el nombre de CIP Autonómico.
ANDALUCÍA
Desde el servicio de Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía nos informan de que:
Se han añadido los datos de nuestros mutualistas, tanto de opción pública como concierto privado, a su Sistema de Información y nos indican que los mutualistas pueden:
- Mediante Certificado digital, DNI o Cl@ve , van a poder consultar o actualizar sus datos de contacto a través de la WEB ClicSalud+.
- En caso de no tener estos sistemas de identificados pueden solicitar la consulta o el cambio de datos en los centros de Salud.
- La solicitud de cambio de datos también podrá ser efectuada por medio de solicitud por registro.
Es importante que los mutualistas confirmen su información de contacto para que puedan ser llamados correctamente a la campaña de vacunación.
A continuación os dejamos el enlace que nos han proporcionado para más información:
https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/archivo-comunicado/informacion-para-mutualistas-y-vacunacion-covid-19"
MUGEJU / SERVICIO CONSULTA CÓDIGO IDENTIFICATIVO DE LOS SISTEMAS PÚBLICOS DE SALUD DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
En la página Web de Mugeju se publica la siguiente nota informativa:
Se ha publicado un nuevo servicio en nuestra Sede Electrónica para que los mutualistas puedan consultar su Código Identificativo (SIP / CIP / CIPA / …) de los Servicios Públicos de Salud de su Comunidad Autónoma .
Se puede acceder en el siguiente enlace:
https://sedemugeju.gob.es/serviciossede/faces/login.xhtml?operation=OBTENER_SIP
O a través del enlace permanente de la sección de "Enlaces de Interés" de la página principal de la Sede.
El servicio lo pueden usar tanto mutualistas titulares, como los beneficiarios mayores de edad, identificándose con su DNI y su número de afiliación a MUGEJU. Los mutualistas beneficiarios que no dispongan de DNI podrán obtener el código mediante la consulta del mutualista titular del que dependen.
Por último, recuérdese que este servicio sólo puede proporcionar el código identificativo de aquellas Comunidades y/o Ciudades Autónomas que lo están utilizando para la identificación de nuestros Mutualistas en su Servicio Público de Salud, principalmente de cara al proceso de vacunación contra la COVID-19, y que nos han hecho llegar dicho código. Los mutualistas del resto de CC.AA. no obtendrán ningún código al realizar la consulta y deberán esperar a futuras actualizaciones de las noticias al respecto de la vacunación en su Comunidad o Ciudad Autónoma.
viernes, 19 de marzo de 2021
MUGEJU / NOVEDADES VACUNACIÓN COVID-19 HABILITACIÓN DE TELÉFONO DE INFORMACIÓN.
Se ha habilitado un teléfono de información sobre vacunación a disposición de todo el colectivo Mutualista :
902 102 112
martes, 16 de marzo de 2021
RESOLUCIÓN DEL CONCURSO DE TRASLADOS DE LAS PLAZAS DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL
En el B.O.E. del Lunes 15 de Marzo de 2021 se ha publicado la Orden JUS/233/2021 de 3 de Marzo, por la que se resuelve el Concurso de Traslados para plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa, convocado por Orden JUS/32/2021 de 11 de Enero, en la Mutualidad General Judicial.
viernes, 12 de marzo de 2021
VACUNA COVID-19 / ACTUALIZACIÓN DE DATOS PERSONALES DEL COLECTIVO DE MUTUALISTA Y BENEFICIARIOS DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL.
Ante el próximo inicio de la campaña de vacunación de la COVID 19, se hace necesaria la correcta identificación del colectivo de MUGEJU para su fácil localización por parte de la administración sanitaria que resulte responsable de la mencionada vacunación.
En esta línea, desde MUGEJU consideramos imprescindible que se realice una actualización urgente de los datos de mutualistas y beneficiarios adscritos a asistencia médica concertada con compañías privadas de seguro, en primer lugar, aprovechando también para actualizar los datos de contactos de todos los mutualistas y beneficiarios, en general.
Para ello, en una primera fase, los Mutualistas que no tengan actualizados sus datos personales o los de sus beneficiarios en MUGEJU, deben proceder a modificar o completar los mismos, accediendo para ello a la sede electrónica de MUGEJU en el siguiente enlace: https://sedemugeju.gob.es/datos-personales.
Más adelante, y en el caso de resultar necesario, MUGEJU se pondrá en contacto con el colectivo afectado por las distintas fases de vacunación, facilitando en la medida de lo posible medios alternativos de actualización de sus datos.
martes, 9 de marzo de 2021
MUGEJU / NUEVA CARTA DE SERVICIOS.
En la Página Web de MUGEJU se publica la nueva carta de servicios que fue aprobada por Resolución de la Subsecretaría de Justicia de 24 de Febrero, publicada en el B.O.E. del 6 de Marzo.
MUGEJU / NOTA INFORMATIVA PARA LOS MUTUALISTAS DE BAJA POR INCAPACIDAD TEMPORAL
En la Página Web de MUGEJU se publica la siguiente Nota Informativa :
En el año 2020 durante el Estado de alarma, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-Ley 13/2020 de 7 de Abril, en su DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA, se estableció un procedimiento excepcional para el abono del subsidio de Incapacidad Temporal a los mutualistas que cumplieran los 181 días de baja durante el periodo de tiempo del Estado de Alarma.
Durante el periodo de tiempo comprendido entre 14 de Marzo de 2020 y 20 de Junio de 2020, no tuvieron descuentos en su nómina esos mutualistas.
No se ha contemplado ese cambio de procedimiento en los certificados que se han emitido por la MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL, para la declaración de la Renta de 2020 para los Mutualistas que se encontraran de baja y hubieran alcanzado los 181 días durante el Estado de Alarma, por lo que van a ser sustituidos por otros, a la mayor brevedad posible.












