viernes, 10 de febrero de 2017

EL SINDICATO STAJ ÚNICO SINDICATO PERSONADO EN DEFENSA DE LOS INTERESES DE LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA GANA LA DEMANDA CONTENCIOSAQUE INTERPUSIERON LOS LETRADOS DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS DEL GOBIERNO DE CANARIAS EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN 577/2014 DE 13 DE JUNIO DE 2014 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, QUE ESTABLECIÓ LOS CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN, AUTORIZACIÓN Y USO DE LAS PLAZAS DE APARCAMIENTO EN LA CIUDAD DE LA JUSTICIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.


                                                                         


Con fecha 25 de Enero de 2017 se ha dictado la Sentencia 31/2017 en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 414/2014 por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el que nos habíamos personado en calidad de DEMANDADO el Sindicato STAJ, único Sindicato que se personó en las presentes actuaciones en defensa de los intereses de los Funcionarios de Justicia, y por la que se acuerda la DESESTIMACIÓN de la Demanda que interpusieron los LETRADOS DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS DEL GOBIERNO DE CANARIAS, los cuales habían recurrido los “Criterios para la distribución, autorización y uso de las Plazas de Aparcamiento en la Ciudad de la Justicia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria”.

Esta Sentencia histórica para los Funcionarios de la Administración de Justicia en Canarias, a la que se suma la también la DESESTIMACIÓN de la Demanda que interpusieron la JUNTA DE JUECES DEL PARTIDO JUDICIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA contra los “Criterios para la distribución, autorización y uso de las Plazas de Aparcamiento en la Ciudad de la Justicia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria”, así como la interpuesta por algunos Jueces del Partido Judicial de La Laguna contra los criterios para la distribución, autorización y uso de las Plazas de Aparcamiento del Edificio Judicial del Partido Judicial de La Laguna en Tenerife, y avalando la Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias sobre la distribución realizada, considerando las Resoluciones dictadas ajustadas a derecho.

Desde este Sindicato STAJ nos congratulamos por estos pronunciamientos judiciales, dado que la Administración de Justicia es un servicio por y para el ciudadano y no para admitir privilegios dentro de la misma a unos en detrimento de otros.

Se adjunta SENTENCIA y PERSONACIÓN del Sindicato STAJ presentada en el Procedimiento Ordinario 414/2014 de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

SENTENCIA -   PERSONACION

STAJ / SINDICATO ESPECÍFICO Y EXCLUSIVO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
SIN SUBVENCIONES


STAJ CANARIAS

Luis Suárez / Fernando / Desirée / Felix / Claudia / Isabel