miércoles, 22 de febrero de 2017

JORNADA REDUCIDA DE CARNAVAL Y SEMANA SANTA

   
                                                                                    

Tras la reunión mantenida con el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias, del pasado día 17 de febrero de 2017, en la que se trataba de negociar el calendario laboral de este año, se ha acordado por parte de la DGRAJ, mandar al SICHO las instrucciones oportunas a fin de que los funcionarios puedan realizar los CINCO DÍAS ANUALES (como máximo) de jornada reducida de 9:00 a 14:00 horas, durante alguno de los siguientes períodos o repartidos entre ambos:

1.- En la semana de Carnaval (del 24 de febrero al 6 de marzo de 2017).

2.- Durante la Semana Santa (del 7 al 17 de abril de 2017).

Los funcionarios que se encuentren prestando el servicio de guardia en la semana de Carnavales y Semana Santa, podrán hacer uso de la reducción horaria prevista en dicha semana, en la semana posterior a la misma.



BOLSA DE HORAS.

En el caso de que se haga uso de las reducciones de jornada anteriormente señaladas, a fin de facilitar el cumplimiento de las 1.642 horas de duración de la jornada en cómputo anual dado que, como se refleja en el Anexo II a esta resolución el tiempo de trabajo efectivo, una vez deducidos los distintos conceptos legales, es de 1.542,5 horas -las restantes 99,5 horas se podrán realizar durante el horario flexible para compensar el déficit de horario mensual realizado. De estas 99,5 horas, 50 horas se podrán realizar antes del 31 de julio, y el resto antes del 30 de noviembre de 2017. 

DÍAS ADICIONALES PARA LOS EMPLEADOS POR COINCIDIR LOS DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2017 EN DOMINGO.

Al coincidir los días 24 y 31 de diciembre de 2017 en domingo, todos los funcionarios tenemos 2 días más, que se podrán disfrutar a partir de ya por los funcionarios, al haberse dictado la oportuna Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de fecha 7 de febrero de 2017, dichos días tendrán la consideración en su tratamiento, de concesión, equiparable al de un día de asuntos propios, por lo que los funcionarios titulares podrán disfrutar desde ya de los 2 días adicionales, y los funcionarios interinos podrán disfrutar el equivalente al tiempo trabajado hasta la fecha de su petición.

Se nos ha comunicado por parte de la DGRAJ que se han dado las oportunas instrucciones al SICHO a fin de que aparezcan a la mayor brevedad posible en el mismo.

Os seguiremos informando   

STAJ / SINDICATO ESPECÍFICO Y EXCLUSIVO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA