Foto: representantes de la Junta de Personal junto a la compañera en el momento de su expulsión el domingo 16/09/18.
La Sala asegura desconocer los motivos
por los que el juez adoptó esa prohibición que sólo se extiende a las jornadas
de guardia y que le ha ocasionado a la empleada pública un importante quebranto
económico, ya que no ha podido cobrar el complemento salarial, y una merma en
su salud. Tanto juez como la letrada de la Administración de Justicia de
Instrucción 6 aluden a un acuerdo de fecha 26 de septiembre de 2016 notificado
a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno
de Canarias para justificar su posición.
Sin embargo, el TSJC remarca en su
auto que en ninguno de los documentos remitidos al tribunal consta ese acuerdo
ni que se le haya notificado a la funcionaria. “Tan sólo se hace mención a un
informe de fecha 8 de septiembre de 2016 dirigido a la Dirección General de
Administración de Justicia, en solicitud de que se incoe un expediente
disciplinario”, recoge la resolución judicial.
Los representantes de los trabajadores volverán a acudir el martes al juzgado de guardia para apoyar a la funcionaria afectada y comprobar el cumplimiento del auto de medidas cautelares.
Los representantes de los trabajadores volverán a acudir el martes al juzgado de guardia para apoyar a la funcionaria afectada y comprobar el cumplimiento del auto de medidas cautelares.
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