martes, 24 de septiembre de 2019

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR LA QUE SE HACE PÚBLICO EL LISTADO PROVISIONAL DE SOLICITANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DE LAS AYUDAS DE ACCIÓN SOCIAL PARA EL EJERCICIO 2019 Y SE ABRE PLAZO PARA LA SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES.


Examinada la Propuesta elevada por la Comisión de Valoración de Acción Social (CVAS) de lista provisional de personas admitidas y excluidas de las ayudas de acción social presentadas por el personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

I.- Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 15 de abril de 2019 se establecen las Bases que rigen las convocatorias, el reconocimiento y el abono de las ayudas de acción social en el ámbito de los entes del sector público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y se determina el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2019 (B.O.C. Nº 83, de 2 de mayo de 2019) .

II.- Mediante Resolución n.º 838/2019, de 24 de julio se acuerda ampliar en un mes adicional el plazo señalado en el apartado 2 de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 15 de Abril de 2019, para confeccionar la lista provisional de personas admitidas y excluidas de las ayudas de acción social.

III.- La Comisión de Valoración de Acción Social (CVAS), como órgano encargado de la comprobación, valoración y propuesta provisional de las ayudas de acción social presentadas por el personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias y cuya composición figura en la Resolución de esta Dirección General número 749/2019 de fecha 4 de julio de 2019, ha aprobado con fecha 4 de septiembre de 2019 la propuesta de lista provisional de personas admitidas y excluidas y ha procedido a elevarla para su aprobación a este Centro Directivo.

IV.- Con fecha 9 de septiembre de 2019, la Dirección General de la Función Pública facilitó a esta Dirección General las listas provisionales de personas admitidas y excluidas de las ayudas de acción social.

Conforme a lo previsto en el apartado 6 de la Base 19ª, de la publicación de la lista provisional se excluirán las propuestas de ayudas de acción social por razón de violencia de género, laboral y doméstica las cuales serán objeto de notificación individualizada.

A los que son de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Única.- La base 19, apartados 2, 5 y 6 del Anexo de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 15 de abril de 2019, por la se establecen las bases que han de regir las convocatorias, el reconocimiento y el abono de las ayudas de acción social en el ámbito de los entes del sector público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y se determina el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2019.

En virtud de las competencias atribuidas por el artículo 90 del Decreto 382/2015, de 28 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, vigente de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias


R E S U E L V O


PRIMERO.- Aprobar el listado provisional de personas admitidas y excluidas de las ayudas de acción social para el ejercicio 2019 con expresión de las causas de su exclusión.

Las personas solicitantes deberán comprobar no solo que no figuran en el listado de excluidos sino también que constan en el listado de solicitantes admitidos.

SEGUNDO.- Publicar el listado provisional de solicitantes admitidos y excluidos, conforme a lo establecido en el apartado 6 de la Base 19ª, en la dirección electrónica www.gobiernodecanarias.org/dg.justicia y en la Intranet de Justicia.


TERCERO.- Teniendo en cuenta lo establecido en la Base 20ª , a partir del día siguiente al de la publicación del listado provisional, o en su caso de la notificación, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar los defectos de los que adolecen sus solicitudes y/o en su caso presentar las correspondientes reclamaciones.

A tales efectos, las personas solicitantes podrán acceder a la consulta individualizada del estado de las ayudas solicitadas a través de de los enlaces citados en el Resuelvo segundo.

A aquellas personas que no subsanen su solicitud o bien no presenten la correspondiente reclamación en plazo, se las considerará desistidas de su solicitud, lo que se reflejará en el listado definitivo.