28 DE ABRIL DE 2020.- El Consejo de Ministros, en su reunión de esta
mañana, ha aprobado el Real Decreto Ley de Medidas Procesales y
Organizativas para hacer frente al Covid-19 en la Administración de
Justicia. La norma, que aborda las medidas organizativas, procesales y de
seguridad laboral más urgentes para la paulatina vuelta a la actividad de
los juzgados y tribunales tras el confinamiento, tiene como principal
prioridad la salud de jueces, fiscales, letrados de la administración de
justicia, abogados, procuradores y el resto de funcionarios y profesionales que desarrollan su labor en este ámbito. También trata de hacer frente al
previsible incremento de asuntos en los órganos judiciales tras el parón
productivo provocado por las medidas excepcionales de contención de la
pandemia.
El texto nace del diálogo constante y reforzado que el Ministerio de Justicia
ha mantenido con todas las administraciones y colectivos con intervención
en la Justicia que se ha mantenido a lo largo de todo el estado de alarma.
Desde las semanas previas a que el Consejo de Ministros lo decretara, el
ministerio ha sostenido una constante interlocución con el Consejo General
del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las comunidades
autónomas con competencias en esta materia para abordar de forma
consensuada todas las medidas excepcionales que en el ámbito de la
Justicia se han puesto en marcha durante la crisis de la pandemia. El
contenido de este Real Decreto-ley también se ha coordinado escuchando
las propuestas de esas instituciones y organismos.
• Podrán establecerse turnos de mañana y tarde en los órganos
judiciales para evitar las aglomeraciones y evitar contagios; los
actos procesales se realizarán, preferentemente, de manera
telemática, y la atención al público, vía telefónica o por correo
electrónico siempre que sea posible.
• La norma permite dedicar temporalmente órganos judiciales a
asuntos derivados de la crisis del Covid-19 y prevé que los
funcionarios de Justicia presten servicio en otros juzgados y
tribunales de su municipio dentro del mismo orden jurisdiccional.
• Se regula el reinicio del cómputo de los plazos procesales
suspendidos y se amplía el plazo para formalizar e interponer
recursos en aras del derecho de defensa de los ciudadanos y
ciudadanas.
• Se establecen medidas para favorecer la impugnación colectiva de
los ERTES en las Pymes y se tramitarán preferentemente las
reclamaciones presentadas por moratorias, ayudas públicas y
despidos motivados por el período de confinamiento, entre otros.