En atención a estos criterios, el personal que habrá de atender los servicios esenciales en el ámbito de competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias será, al menos, los siguientes:
1.º Tribunal Superior de Justicia de Canarias :
- Sala de lo Civil y Penal : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa.
- Salas de lo Social : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa.
- Salas de lo Contencioso-Administrativo : Un funcionario del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa por Sección.
Los funcionarios encargados del servicio de registro y reparto de asuntos que considere necesario el LAJ responsable, para atender el volumen de escritos iniciadores pendientes de registrar.
2.º Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa.
3.º Audiencias Provinciales de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas :
- Secciones Penales : Dos funcionario/as del Cuerpo de Gestión procesal y administrativa o del Cuerpo de Tramitación procesal y administrativa en cada una de las Secciones.
- Secciones Civiles : Un funcionario/a del Cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del Cuerpo de Tramitación procesal en cada una de las Secciones.
- Un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial para todas las Secciones Civiles y Penales.
- Un funcionario/a del Cuerpo de Gestión Procesal Administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación Procesal Administrativa para el reparto de asuntos.
Los funcionarios encargados del servicio de registro y reparto de asuntos que considere necesario el LAJ responsable, para atender el volumen de escritos iniciadores pendientes de registrar.
4.º Juzgados unipersonales (dotaciones por órgano jurisdiccional) :
- Juzgados de Primera Instancia e Instrucción que no estén de guardia : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa, y un funcionario/a del Cuerpo de Auxilio Judicial por cada cuatro Juzgados.
- Juzgados de Primera Instancia o de Primera Instancia e Instrucción con competencias exclusivas en materia de acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en los contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa y un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa.
- Juzgados de Familia :
- Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa, y un funcionario de auxilio judicial para todos los Juzgados de Familia.
- Juzgados de Instrucción :
- Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa, y un funcionario de auxilio judicial por cada cuatro juzgados el mismo orden jurisdiccional.
- Juzgados de Primera Instancia : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa, y un funcionario de auxilio judicial por cada cuatro juzgados el mismo orden jurisdiccional.
- Juzgados de lo Contencioso-Administrativo : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión Procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa en cada Juzgado y un funcionario de auxilio judicial por cada cuatro juzgados el mismo orden jurisdiccional.
- Juzgados de lo Social : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa y un funcionario de auxilio judicial por cada cuatro juzgados el mismo orden jurisdiccional.
- Juzgados de lo Mercantil : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa y un
funcionario de auxilio judicial para todos los juzgados del mismo orden jurisdiccional.
- Juzgados de Menores : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa en cada Juzgado, incrementándose a dos cuando esté de guardia y un funcionario de auxilio judicial para todos los juzgados del mismo orden jurisdiccional.
- Juzgados de lo Penal : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa y un funcionario de auxilio judicial por cada cuatro juzgados.
- Juzgados de Vigilancia Penitenciaria : Un funcionario del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa y un funcionario del cuerpo de Auxilio judicial para todos los juzgados del mismo tipo.
- Juzgados de Violencia sobre la Mujer de carácter exclusivo : un funcionario/a del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, un funcionario/a del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y un funcionario/a del Cuerpo de Auxilio Judicial, sin perjuicio de que en los Partidos Judiciales de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife en los que existen dos Juzgados con competencia exclusiva, la dotación del Juzgado que no realice la atención semanal de los asuntos de violencia sea de sólo un funcionario/a del Cuerpo de Gestión o de Tramitación Procesal.
- Juzgados Mixtos con competencia en materia de Violencia sobre la Mujer : un funcionario/a del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y un funcionario/a del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. Las funciones correspondientes al Cuerpo de Auxilio Judicial serán asumidas por los funcionarios/as del citado Cuerpo del Juzgado de Guardia de cada Partido Judicial, salvo que se encuentren ubicados en otra sede, en cuyo caso se realizará por un funcionario/a del Cuerpo de Auxilio de los órganos judiciales de dicha sede.
- Decanatos de los Juzgados : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa.
El LAJ responsable podrá ampliar esta dotación, para atender el volumen de escritos pendientes de registrar y repartir.
- Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos : Un funcionario/a del cuerpo de Gestión procesal y administrativa o un funcionario/a del cuerpo de Tramitación procesal y administrativa y un funcionario/a del cuerpo de Auxilio judicial.
El LAJ responsable podrá ampliar esta dotación para atender el volumen de escritos iniciadores pendientes de registrar.
5.º Juzgados de Paz : Un funcionario/a que prestará su servicio de acuerdo con lo establecido en el Protocolo de Actuación para la cobertura de los servicios esenciales del Registro Civil relativas a la expedición de licencias de enterramiento durante el Estado de Alarma de fecha 27 de Marzo de 2020. Esta dotación podrá ser ampliada en los funcionarios necesarios para mantener al día la práctica e inscripción de las actuaciones declaradas esenciales, teniendo en cuenta las que se puedan llevar a cabo en régimen de teletrabajo por los funcionarios que, disponiendo de medios, hayan accedido voluntariamente a ello.
6.º Órganos Fiscales :
- Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Canarias : 2 funcionarios/as (uno en la
sede de Las Palmas y otro en la SCTF), de los Cuerpos de Gestión Procesal y administrativa o del de Tramitación procesal y administrativa o del de Auxilio Judicial.
- En Las Palmas :
- Fiscalía Provincial de Las Palmas : 4 funcionarios/as de los Cuerpos de Gestión procesal y administrativa o del Cuerpo de Tramitación procesal y administrativa y 1 del Cuerpo de Auxilio Judicial:
- Uno atenderá la guardia de 24 Horas.
- Uno atenderá la guardia de delitos leves y cuestiones urgentes de violencia de género, ejecutorias, vigilancia penitenciaria y registro civil.
- Dos atenderán la Sección de Menores.
- Un funcionario/a del Cuerpo de Auxilio Judicial para asistir con carácter general al resto.
- Fiscalía de Área de Arrecife de Lanzarote-Puerto del Rosario : 1 funcionario/a que efectúan el servicio de guardia habitualmente, en cada sede.
- Sección territorial de San Bartolomé de Tirajana : 1 Funcionario/a que efectúa el servicio de guardia habitualmente.
- En Santa Cruz de Tenerife :
- Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife : 4 funcionarios/as de los Cuerpos de Gestión procesal y administrativa o del Cuerpo de Tramitación procesal y administrativa y 1 del Cuerpo de Auxilio Judicial:
- Uno atenderá la guardia.
- Uno atenderá la guardia de delitos leves y cuestiones urgentes de violencia de género, ejecutorias, vigilancia penitenciaria y registro civil.
- Dos atenderán la Sección de Menores.
- Un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial para asistir con carácter general al resto.
- Sección Territorial de Arona : 1 funcionario/a que efectúa el servicio de guardia habitualmente.
- Sección Territorial de Santa Cruz de La Palma : 1 funcionario/a que efectúa el servicio de guardia habitualmente.
7.º Institutos de Medicina Legal de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife :
- El Médico Forense de guardia de cada zona y un funcionario/a perteneciente al cuerpo de Gestión procesal y administrativa o al cuerpo de Tramitación procesal y administrativa.
8.º Registros Civiles exclusivos :
1.- Los que determine el LAJ responsable para atender los servicios esenciales declarados en esta materia, teniendo en cuenta las funciones que se puedan llevar a cabo en régimen de teletrabajo por los funcionarios que, disponiendo de medios, hayan accedido voluntariamente a ello.
2.- Las funciones del Registro Civil con relación a la inscripción de las defunciones y expedición de las licencias de enterramiento durante la vigencia del Estado de Alarma, serán realizadas por el servicio de guardia de lunes a viernes, en horario de tarde (17,00 a 20,00 horas) y, los sábados y domingos en horario de mañana y tarde.
9.º Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Primera Instancia e Instrucción con funciones de Registro Civil:
1.- Un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. o de Tramitación P.A. y uno de Auxilio Judicial, adicional.
2.-Además de los que deban estar por el turno general de los juzgados de primera instancia o mixtos, y de los que deba haber por el servicio de registro y reparto si coincide en el mismo juzgado, el LAJ responsable podrá ampliar esta dotación cuando se estime preciso para atender los servicios esenciales declarados en esta materia, teniendo en cuenta las que se puedan llevar a cabo en régimen de teletrabajo por los funcionarios que, disponiendo de medios, hayan accedido voluntariamente a ello.
10.º Otro personal :
Asimismo, se considera necesaria una dotación presencial del 10% del resto del personal laboral de mantenimiento, el 100% del personal de los efectivos adscritos a las guardias de Equipos Técnicos de Menores, y de los auxiliares de autopsia que deban asistir al médico forense de guardia cuando éste lo requiera.
La presente Resolución producirá sus efectos desde el 15 de Abril de 2020.
LA DIRECTORA GENERAL DE RELACIONES
CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Marta Bonnet Parejo