En cuanto a los criterios de selección de las plazas, se ha optado por respetar los utilizados para la promoción interna: la totalidad de las plazas desiertas de tercera categoría, y tantas plazas de segunda categoría como integrantes de la promoción, seleccionadas de entre las indicadas por los Secretarios de Gobierno como de cobertura preferente por necesidades del servicio y garantizando, en la medida de lo posible, la existencia de plazas en todos los territorios.
Se han excluido, sin embargo, los órganos de jurisdicciones especializadas (contencioso administrativo, social, menores, mercantil, vigilancia penitenciaria y órganos colegiados), por considerar que no son adecuados para un primer destino.