MUGEJU: PERDIDA DE VIGENCIA DE LOS ACTUALES MODELOS DE RECETA Y ENTRADA EN VIGOR DE LOS NUEVOS
Según nos ha comunicado MUGEJU, por aplicación del Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, a partir del día 21/01/2013, sólo será válido el nuevo modelo de receta médica, que se ha venido distribuyendo a lo largo de 2012.
Los mutualistas que no dispongan del nuevo modelo, han de proceder a solicitarlo en su Delegación correspondiente por la vía ordinaria, mediante solicitud debidamente cumplimentada, en persona, por correo ordinario, por correo electrónico, por fax ó a través de la web de MUGEJU con la acreditación electrónica correspondiente.
MUGEJU: CONVENIO CON BBVA
Ante reiteradas consultas planteadas por mutualistas consideramos de interés recordaros que el Convenio MUGEJU-BBVA prevé respecto a los prestamos hipotecarios formalizados con anterioridad al 1 de abril de 2009, BBVA en relación a la modificación del límite mínimo del tipo de referencia que pudiera corresponder conforme a la escritura de préstamo ha de ofrecer a los clientes las siguientes opciones:
- Eliminación del suelo y techo en escritura pública que se inscribiría en el Registro de la Propiedad (el coste deberá ser asumido por el cliente)
- O la posibilidad de optar por la reducción en contrato privado, sin gastos para el prestatario, hasta los siguientes límites:
· para suelos de referencia: el mínimo se firaría en 1,75%, al que se añadriría el diferencial correspondiente para la conformación del tipo a aplicar en los términos previstos en dicha escritura;
· para suelos de tipo: el mínimo se fijaría en 2,15%, constituyendo este el tipo de interés final para el cliente.
Para proceder a realizar cualquiera de esas modificaciones es preciso que el prestatario lo solicite expresamente en la oficina donde tenga concedido el préstamo; siendo necesario que el cliente mantenga contratados o contrate en este mismo acto con BBVA, entre otros que pudieran resultar de su interés, los productos siguientes: domiciliación de nómina y recibos, tarjeta de crédito y seguro de hogar