EL GOBIERNO DESMANTELA EL REGISTRO CIVIL SERVIDO ACTUALMENTE POR FUNCIONARIOS DE JUSTICIA Y LO CEDE A LOS REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES
Siguiendo el modus operandi habitual de este Gobierno, en el BOE 5 de julio de 2014 se publicó el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Agazapado entre sus 170 páginas, que afectan a multitud de cuestiones que nada tienen que ver con la Administración de Justicia (horarios comerciales, el incentivo del uso de tarjetas de crédito y débito, el consumo,…….)
Este RD Ley establece la prórroga por UN AÑO (hasta el 15 de julio de 2015) de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Y ATRIBUYE LA COMPETENCIA del Registro Civil A LOS REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES que en cada momento tengan a su cargo las oficinas del Registro Mercantil, por razón de su competencia territorial. Dichas oficinas se denominarán Oficinas del Registro Civil y Mercantil.
Para lo cual, se creará una Corporación de Derecho Público que integrará a los registradores responsables de la llevanza de los Registros Civiles y Mercantiles, encargada de la creación, mantenimiento, posterior gestión y seguridad del sistema informático único y de la aplicación de llevanza en formato electrónico del Registro Civil y su red de comunicaciones (antes del 15 de julio de 2015).
STAJ (Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia) mantiene que la desjudicialización del Registro Civil supondrá: