La Resolución de la
Dirección General de relaciones con la Administración de Justicia
por la que se aprueba el calendario laboral para el año 2016,
determina como fecha limite para el disfrute de las vacaciones y los
días de permiso por asuntos particulares hasta el 31 de enero del
año siguiente.
A
la vista de las peticiones de los responsables funcionales de
distintos órganos judiciales de ampliación del plazo de disfrute de
los mismos, justificada porque por necesidades de servicio han tenido
que informar negativamente las vacaciones y asuntos particulares
durante el mes de enero de diversos funcionarios por estar previstas
inspecciones del TSJC, alardes, etc, y
teniendo en cuenta la Circular n.º 2 de 30 de enero de 2017 de la
Dirección General de la Función Pública, en la que permite “en
aquellos supuestos excepcionales, previamente autorizados, en que por
necesidades del servicio, debidamente justificadas, fuese necesario
ampliar las vacaciones anuales y el disfrute del permiso por asuntos
particulares más allá del 31 de enero de 2017, dicha fecha no podrá
exceder en ningún caso del 28 de febrero de 2017”, es por lo que
con carácter excepcional,
se amplía el periodo de disfrute de vacaciones y asuntos
particulares correspondientes al ejercicio 2016 hasta el 28
de febrero de 2017, con el
correspondiente informe favorable del responsable funcional que
valorará las necesidades del servicio.