La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia ha publicado en el BOC nº 238, de 1 de diciembre de 2025, la Resolución de 26 de noviembre de 2025 por la que se convocan, por el sistema de libre designación, diversos puestos del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en las Oficinas Judiciales de Canarias.
1. ¿Qué se convoca?
Se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, de determinados puestos singularizados de Tramitación P.A. en los Servicios Comunes Generales de las Oficinas Judiciales de Canarias.
2. Plazas ofertadas (Anexo I)
Según el Anexo I de la resolución, se ofertan los siguientes puestos en el Servicio Común General (SCG):
Puestos:
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Santa Cruz de Tenerife
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TRAMITACIÓN – Apoyo función gubernativa – SCG (Presidencia TI)
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TRAMITACIÓN – Apoyo función gubernativa – SCG (AP)
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Las Palmas de Gran Canaria
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TRAMITACIÓN – Apoyo función gubernativa – SCG (Presidencia TI)
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TRAMITACIÓN – Apoyo función gubernativa – SCG (AP)
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Son puestos de apoyo a la función gubernativa, vinculados a las Presidencias de los Tribunales Superiores o Audiencias Provinciales, con especial responsabilidad organizativa y de coordinación interna.
3. ¿Quién puede participar?
Pueden participar quienes cumplan todos estos requisitos:
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Pertenecer al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
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Estar en servicio activo o en otra situación administrativa con reserva de puesto de trabajo en la fecha de finalización del plazo de solicitudes.
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Cumplir los requisitos generales del artículo 43 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre (Reglamento de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo).
4. ¿Quién no puede participar?
Quedan excluidos expresamente de la convocatoria:
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Quienes se encuentren en excedencia voluntaria sin reserva de plaza.
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El personal suspenso en firme, mientras dure la suspensión.
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El personal sancionado con traslado forzoso para destino en la misma localidad donde se impuso la sanción, hasta que hayan transcurrido:
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1 año (falta grave).
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3 años (falta muy grave).
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Personas condenadas por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, prostitución y explotación sexual, corrupción de menores o trata de seres humanos.
5. Presentación de solicitudes: plazo y modelo
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Las solicitudes deben ajustarse al modelo del Anexo II de la resolución.
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El plazo es de tres días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación simultánea de la convocatoria en el BOE y en el BOC. Si no fuera posible la publicación simultánea, los plazos se computan desde la publicación en el BOE.
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La solicitud se dirige a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y se presenta a través del Registro Electrónico de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
6. Méritos y documentación a aportar
Junto con la solicitud, la persona interesada debe adjuntar un currículum vitae en el que consten, debidamente acreditados:
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Cuerpo al que pertenece.
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Grupo de clasificación.
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Titulación académica.
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Años de servicio.
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Puestos de trabajo desempeñados.
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Cualesquiera otros méritos relacionados con las funciones del puesto (experiencia en gobierno, organización, servicios comunes, calidad, etc.).
Todo ello debe acompañarse de documentación fehaciente que acredite los méritos alegados.
7. Resolución, toma de posesión y cese
7.1. Resolución y adjudicación
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La convocatoria se resolverá por Resolución de la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de solicitudes.
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La resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
7.2. Relación con el concurso específico y la confirmación
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Si el funcionario resulta adjudicatario de uno de estos puestos de libre designación, queda automáticamente excluido del concurso específico y del posterior proceso de confirmación en el acoplamiento.
7.3. Toma de posesión
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La toma de posesión efectiva no se producirá hasta la puesta en funcionamiento de la Oficina Judicial correspondiente, que se fijará por Resolución de la Secretaría General de Servicios Judiciales.
7.4. Cese, renuncia y derecho preferente
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El personal nombrado puede ser cesado discrecionalmente por la misma autoridad que lo nombró.
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También puede renunciar al puesto, siempre que lo haya desempeñado al menos un año, mediante solicitud razonada.
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Tras el cese o renuncia, el funcionario será adscrito provisionalmente a un puesto de su cuerpo en la misma localidad, en tanto no obtenga destino definitivo.
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Además, los cesados o que hayan renunciado tienen derecho preferente en el primer concurso en el que se convoquen puestos genéricos en esa misma localidad, estando obligados a solicitar todos los puestos que se oferten; si no lo hacen o no obtienen ninguno, se les adjudicará uno de los puestos no cubiertos.
7.5. Recursos
Contra la resolución de convocatoria cabe:
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Recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia (plazo: un mes).
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Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo (plazo: dos meses).
