viernes, 5 de junio de 2020

CIRCULAR 1/2020 DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS / ENTREGA DE COPIAS DE ESCRITOS Y DOCUMENTOS DURANTE LA SITUACIÓN GENERADA POR EL COVID-19.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS
SECRETARIA DE GOBIERNO

CIRCULAR 1/2020. ENTREGA DE COPIAS DE ESCRITOS Y DOCUMENTOS DURANTE LA SITUACIÓN GENERADA POR EL COVID-19 

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de Junio de 2020. 

La progresiva normalización de la actividad en los órganos judiciales, obliga a la adopción de una serie de criterios que compaginen aquella, con la necesidad de mantener unas pautas sanitarias tendentes a evitar el contagio, preservando así la salud de todos. Concretamente, y en lo que concierne a esta Circular, la finalidad es evitar en lo posible, la presencia física en los edificios judiciales de los Procuradores cuando tengan por objeto la presentación de las copias en formato papel de los escritos iniciadores. 

Se ha de señalar la actitud de los órganos de gobierno de los Procuradores, que han comprendido que en la situación generada por la pandemia, la colaboración ha de entenderse como una necesidad, no como un deseo, ya que sin esa colaboración la presente Circular carecería de efectividad.

Esta Circular se dicta al amparo de lo dispuesto en el Artículo 465.8 de la LOPJ y el Artículo 16 apartado h) del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. 

El marco legal vendría determinado por los Artículos 273, 274 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, 

SE DISPONE : 

PRIMERO.- Son destinatarios todos los Letrados de la Administración de Justicia destinados en la CCAA de Canarias. 

SEGUNDO.- La vigencia de la misma vendrá determinada por la finalización de la situación creada por el COVID-19, al levantarse todas las medidas sanitarias. 

TERCERO.- Pautas a seguir en la presentación de las copias de escritos y documentos.

Habrá de diferenciarse, aquellos partidos judiciales donde los Colegios de Procuradores tengan una sede física efectiva dentro del edificio judicial.


• En Las Palmas de Gran Canaria, Arrecife, La Laguna, Arona, Telde, San Bartolomé de Tirajana las copias de escritos y documentos serán presentados por los Procuradores en la sede del Colegio de Procuradores del edificio judicial. El empleado del Colegio será el encargado de llevar los mismos al Decanato.

• En Santa Cruz de Tenerife, las copias de escritos y documentos serán presentados por los Procuradores en la dependencia del Decanato que se encuentra ubicada en el espacio habilitado antes del control de seguridad del edificio.

Dicha presentación deberá realizarse en la franja horaria comprendida entre las 09:00 y las 10:00 horas, y las 13:00 y 14:00 horas.

En los restantes partidos judiciales, la entrega podrá llevarse a cabo en la forma que arbitren los LAJs afectados con los profesionales respectivos, siempre y cuando se respeten los mandatos legislativos y las medidas de seguridad previstas para la crisis sanitaria.

CUARTO.- Es objeto de recomendación lo siguiente :

• En relación a los apoderamientos apud acta electrónicos a través del Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales del Ministerio de Justicia (REAJ), reiterar la nota informativa conjunta de las llmas. Secretarias Coordinadoras de fecha 28 de Mayo de 2020.

• Priorizar como sistema de solicitud de información por parte de los Procuradores, así como contestación a la misma, el correo electrónico. Los correos electrónicos de los órganos judiciales aparecen en las resoluciones que dictan, encontrándose asimismo en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias. Respecto a los Procuradores, se ha de tener en cuenta que al registrarlos como intervinientes en ATLANTE, los datos que aparecen en el Colegio Profesional, entre ellos el correo electrónico, son recogidos por el sistema de gestión.

QUINTO.- La presente Circular entrará en vigor a partir del próximo día 8 de Junio de 2020.
Remítase la misma a las llmas. Secretarias Coordinadoras Provinciales para su posterior notificación a los Letrados de la Administración de Justicia de sus respectivos territorios, a través del correo electrónico. 

Asimismo póngase en conocimiento de los Colegios de Procuradores de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.

Contra el presente Acuerdo cabría interponer recurso de alzada ante el Órgano Superior Jerárquico del que lo dictó, esto es, ante el Secretario General de la Administración de Justicia, en el plazo de un mes. La interposición del recurso podrá presentarse ante esta Secretaría de Gobierno o ante el órgano competente para su resolución.

SECRETARIO DE GOBIERNO
CARLOS RUBIO FAURE

Puedes consultar la Resolución original haciendo CLICK AQUÍ