miércoles, 8 de septiembre de 2021

COMUNICADO / DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS.




ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN BANCARIA A EFECTOS DE PERCEPCIÓN DE LA NÓMINA

Debido al cambio de la Entidad Financiera que a partir del mes de ABRIL 2021 gestiona las transferencias de las nóminas del Gobierno de Canarias, se han venido produciendo retrocesiones bancarias o devoluciones de transferencias de Nóminas de cuentas corrientes cuya numeración corresponde a Bancos o Entidades que han sufrido procesos de fusión y que en la actualidad no tienen personalidad jurídica o son inexistentes.


Al objeto de evitar los perjuicios y retrasos que en el futuro puedan producirse en la percepción de las Nóminas por no tener actualizada la información bancaria, se informa que se deberá remitir a las Secciones de Nóminas, a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias Sede electrónica del Gobierno de Canarias (gobcan.es), la información de la cuenta actualizada en la que se le ha de transferir habitualmente la nómina EXCLUSIVAMENTE en los casos de cuentas de bancos o entidades que han sido absorbidos y que han modificado la numeración de los dígitos e IBAN.


DOCUMENTACIÓN DE INCAPACIDADES TEMPORALES

Asimismo, a requerimiento de la Inspección Médica del Gobierno de Canarias, se pone en conocimiento del Personal de la Administración de Justicia la obligación que contempla la presentación de la documentación de los procesos de Incapacidad Temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, recogido tanto en las normas de la Mutualidad General Judicial como el Régimen General de la Seguridad.

 

En el plazo de tres días contados a partir de la fecha de expedición del parte de Incapacidad Temporal, el empleado público está obligado a presentar en esta Dirección General, la copia del documento acreditativo de la Incapacidad Temporal (Bajas, Confirmaciones y Altas), bien a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias Sede electrónica del Gobierno de Canarias (gobcan.es) o bien a través de Registros Auxiliares o Ventanilla única de las distintas administraciones públicas conforme regula la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común.


La documentación acreditativa de los procesos de Incapacidad Temporal de los Funcionarios afiliados a la Mutualidad General Judicial deberán ser debidamente cumplimentada, con los datos legibles del Mutualista, de manera que aquellos partes incompletos o no identificados no serán admitidos a trámite.