· Cambio extraordinario (Durante todo el año)
o Cuando se produzca un cambio de destino del/de la mutualista en activo, o de residencia del/de la mutualista jubilado/jubilada o del/de la titular no mutualista, que implique, en todos los casos, un cambio de provincia.
Para este cambio, deberán presentar:
Para este cambio, deberán presentar:
§ Los mutualistas y las mutualistas en activo deberán adjuntar la toma de posesión en el nuevo destino.
Los beneficiarios y las beneficiarias se adscribirán a la misma entidad médica por la que opte el titular o la titular de quien dependa su derecho.
Para información relacionada con las entidades médicas puede llamar a cualquiera de los teléfonos del Área de Asistencia Sanitaria o consultar, en la web de Mugeju el apartado de Prestaciones.
