jueves, 16 de abril de 2015

Los secretarios judiciales también podrán casar

Los secretarios judiciales también podrán casar, como los jueces

Los secretarios judiciales, que cambiarán su nombre al de Letrados al servicio de la Administración de Justicia, podrán celebrar matrimonios, separaciones y divorcios de mutuo acuerdo siempre y cuando no haya menores de edad ni personas con discapacidad. 

La enmienda del PP ofrece a estos profesionales de la Justicia como alternativa a los anteriores "para evitar situaciones de imposibilidad de ejercicio de un derecho, que hasta ahora era gratuito, por falta de medios".
Así, la nueva regulación permitirá celebrar bodas ante el secretario judicial, notario, encargado del registro civil, el cónsul o funcionario judicial, juez de paz y alcalde o concejal.
NUEVAS FUNCIONES
Por ejemplo, se ocuparán de autorizar a reclamar créditos vencidos que formen parte de un ususfructo y de los expedientes de deslinde de fincas que no estén inscritas en el registro de la propiedad. También dependerán de ellos las subastas electrónicas.
El Proyecto de Ley aprobado por el Gobierno ya les capacitaba para nombrar defensores judiciales, declararán ausencias y fallecimientos, actos de conciliación y nombrarán al administrador, liquidador o interventor de entidades.
Intervendrán también en otros actos como la renuncia o prórroga del cargo de albacea, la designación de éste y la aprobación de la partición de la herencia.