lunes, 22 de febrero de 2021

COMUNICADO - BOLSA DE INTERINOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN CANARIAS / ACLARACIONES A PREGUNTAS QUE SE FORMULAN CON RESPECTO A LA BOLSA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN CANARIAS.

“Convocatoria constitución de listas de empleo de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial” FAQS

 

1.- Para acreditar el “Certificado Curso Tratamiento Informatizado de Textos”, ¿Qué certificado concreto debería presentar para acreditar mis conocimientos específicos?

Respecto al requisito específico establecido en la Base Tercera Apartado 4.B de la convocatoria, relativo a que las personas aspirantes que opten a las listas de empleo de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa deberán acreditar conocimientos de tratamiento informatizado de textos, mediante certificación o diploma acreditativo, expedido por centro de formación reconocido oficialmente, Se considerarán validos los expedidos por el Instituto Canario de Administración Pública o Instituto Nacional de Administraciones Públicas u Organismos Equivalentes en el ámbito de las distintas Comunidades Autónomas; por el Servicio Canario de Empleo, u organismos equivalentes en el ámbito estatal o de las distintas Comunidades Autónomas; las Universidades y otros organismos; centros homologados por los órganos competentes en materia de formación del Estado o de las Comunidades Autónomas (Servicios Públicos de Empleo), y Centrales Sindicales en desarrollo de Acuerdos para la formación suscritos con las Administraciones Públicas.

También se considerará acreditado dicho requisito en el caso de estar en posesión de titulación de estudios oficiales en la que se acredite la superación de asignatura de tratamiento informatizado de textos con un n.º mínimo de 40 horas lectivas.


2. ¿Las personas integrantes de las listas vigentes que han prestado servicios en la Administración de Justicia en Canarias deben acreditar la experiencia profesional y otros méritos valorables? 

No, las personas aspirantes que formen parte de las listas de empleo derivadas de la convocatoria realizada por Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de 28 de julio de 2009, al amparo de la Orden de 20 de mayo de 2009, deberán señalar en el formulario que pertenecen a las listas vigentes y especificar los cuerpos a los que se pertenece.

Sólo están obligadas a relacionar los méritos, pero no tienen la obligación de acompañar la documentación relativa al cumplimiento de los requisitos y acreditación de los méritos aportados en aquella convocatoria, siempre que presenten su solicitud optando por el mismo Cuerpo o Cuerpos. Deberán acreditarse documentalmente de forma obligatoria exclusivamente los méritos alegados no aportados en la anterior convocatoria. 

En el caso de la experiencia profesional, será validada de oficio por la Administración.

 

3.- ¿Debe señalarse el número de horas en los cursos de formación ? 

Sí, excepto que se trate de títulos de idiomas de nivel C1/C2 O B1/B2 o equivalente, o de informática de Ciclo Superior o Medio de Informática, en los que deberá consignarse el valor “0” en el campo n.º de horas del formulario.


4.- ¿Qué se entiende por ejercicios superados/aprobados de la fase de oposición de los procesos selectivos correspondientes a las dos últimas ofertas de empleo anteriores a la aprobación de las listas definitivas de cada convocatoria?

Serán entenderán superados/aprobados y, por tanto objeto de valoración, exclusivamente cuando se haya superado la nota de corte fijada por Resolución del Tribunal Calificador Único del respectivo proceso selectivo en cada uno de los ejercicios valorables para considerar aprobado/superado el ejercicio.