Orden Nº 32, de 9-2-2023, del Consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad por la que se dictan instrucciones en materia de anticipos reintegrables del personal al servicio del Sector Público Autonómico con presupuesto limitativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Importe máximo del anticipo reintegrable
La cuantía del anticipo que puede reconocer la Administración será como máximo el importe de hasta tres mensualidades íntegras de las retribuciones fijas y periódicas del personal. Quienes tengan ingresos inferiores a 20.000 euros al año podrán solicitar hasta seis mensualidades.
En todo caso, el importe del anticipo tendrá el límite máximo de 7.500 euros. Cuando se presente una solicitud de anticipo por un importe superior al previsto legalmente, se entenderá solicitado por el importe máximo.